policia-federalEl 13 de agosto la Sala III de la Cámara  Casación de la Capital Federal confirmó la resolución del Tribunal Oral  Nº 14 que condenó a un subinspector de la Policía Federal Argentina a cuatro años de prisión por abuso sexual agravado.

El abuso se produjo en la madrugada del 22 de septiembre de 2013, cuando el oficial -que era Jefe de Servicio Externo de la Comisaría 35ª – abusó sexualmente de una adolescente de 16 años que estaba con su novio en la calle.

Al abuso se le agregó el agravante por ser personal de una fuerza de seguridad en funciones. “Se tuvo acreditado el aprovechamiento de las facultades que poseía el autor por ser policía o integrante de una fuerza de seguridad y de la confianza de la que gozan precisamente por ser quienes están encargados de la seguridad de las personas”, dijo la Defensoría General de la Nación en un comunicado.

En un escrito presentado ante la Cámara por el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación (DGN) en representación de la víctima, se había pedido el rechazo del recurso que interpuso la defensa del policía y, en consecuencia, la confirmación de la sentencia de primera instancia.

Entre otros argumentos, los abogados del policía dijeron que durante el proceso había sucedido una “grosera mutación del relato de la acusación”. Frente a ese planteo la querella sostuvo que no existieron contradicciones en el relato de la víctima, sino que “disminuyó en su memoria la gravedad de lo ocurrido” y agregó que poner en funcionamiento la vía judicial en esta naturaleza de delitos produce una nueva victimización a la ofendida, ya que debe rememorar una y otra vez el suceso.

“En este contexto no resulta descabellado que hubiera alguna modificación en el relato”, dijo.

El querellante y magistrado de la DGN, Gerardo Echeverry concluyó que “la sentencia dictada por el TOC Nº 14 ha ponderado correctamente los elementos probatorios” y que el juicio que se realizó a Molinari y que derivó en “la responsabilidad dolosa que le cupo”, ha sido conforme a derecho.