En Prefectura y Gendarmería, los altos mandos habían establecido un método para que el camino de judicializar el salario fuera sencillo. Los interesados solo debían firmarle un poder a un abogado, que se encargaba de todo. Los mecanismos de corrupción eran clave: un juez de una ciudad de diez mil habitantes firmó doce mil quininentas medidas cautelares. Algunos sueldos aumentaron hasta el 800%. Las medidas cautelares alcanzaban a todos los rangos: el 41% de los cadetes de tercer año llegó a estar judicializado, pero los sueldos se multiplicaban solo en las jerarquías superiores. Los jefes, además de cobrar salarios que casi cien mil pesos, crearon mutuales y financieras para dar créditos a sus subordinados, que aprovecharon para comprar electrodomésticos, cruceros y sacar créditos. El nuevo problema es qué hacer con los que podrían tener el sueldo tomado por las deudas. Cosecha Roja explica, por primera vez, como funcionada el circuito de corrupción y salarios inflados en ambas fuerzas.

Por Cosecha Roja.-

 A medida que los salarios en Gendarmería y Prefectura sumaban ceros a la derecha, decenas de comercios e instituciones financieras se unieron al festín. 42 asociaciones mutuales, pertenecientes a comandantes retirados y en ejercicio, tocaban puertas de oficinas y puestos de control para ofrecer servicios y préstamos a hombres de todos los rangos que se iban favoreciendo con medidas cautelares. Unos compraron electrodomésticos y viajes de lujo, y otros tantos se endeudaron más allá del tope de su capacidad de egreso. La promesa del momento era “lleve ahora y pague después”. Hoy, muchos de los descuentos que aparecen en los recibos de sueldo de las Fuerzas de Seguridad del Estado son consecuencia de ese espejismo que el decreto 1307 de 2012 empezó a derrumbar.

Esteban Rosa Alves, subsecretario de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, explicó a Cosecha Roja: “No hay salarios que alcancen para pagar tantas deducciones”. Además de mencionar las deudas excesivas de un gran número de hombres de las Fuerzas de Seguridad, el funcionario aseguró que en Gendarmería muchos tienen hijos en distintas provincias y deben hacerse cargo de ellos por demandas de alimentos que también intervienen el monto de sus salarios.

“Por el decreto 14 de este año, las áreas de liquidación están obligadas a regularizar los descuentos salariales. Si una persona contrajo préstamos, no se puede dedicar más del 20% de su sueldo para pagarlos. Sin embargo, esto no es oponible a los descuentos que son ordenados judicialmente: embargos por deudas no pagadas y juicios de alimentos”, dice Rosa Alves.

El caso de las mutualidades llama la atención dentro del panorama de deudas. Según el subsecretario de Asuntos Jurídicos, “Todas estas asociaciones mutuales fueron creadas por altos mandos de las mismas Fuerzas y tienen arreglados los descuentos con las áreas de liquidación. Estamos viendo si es posible gestionar con el Banco Nación que se otorguen créditos para aliviar un poco a los que tengan problemas más urgentes y así los salarios lleguen al bolsillo con montos de bienestar. Sería una manera de descomprimir la situación”.

Esta semana y en medio del panorama de endeudamiento, 74 mil hombres de Prefectura y Gendarmería, entre activos y retirados, cobran los salarios de octubre, casi un mes después de las protestas que involucraron a grupos reducidos de las Fuerzas de Seguridad y que sirvieron para observar con lupa manejos internos e irregularidades financieras dentro de cada institución.

Así son los sueldos

En las Fuerzas de Seguridad, el personal activo y el personal retirado cobran sus salarios de forma diferente. Lo que ganan los activos tiene cuatro componentes:

1. Haber mensual o sueldo básico: Una cifra fija que corresponde a su rango, antigüedad y funciones.

2. Suplementos generales: Cifras extras que cubren características personales no asociadas a riesgos por actividades que realizan. Por ejemplo, antigüedad.

3. Suplementos particulares: Cifras extras que tienen que ver con un riesgo específico, o, por ejemplo, con alguna zona crítica donde deben prestar servicios de seguridad.

4. Compensaciones: Cifras extras que son resarcimientos de gastos en los que incurren para cumplir con su actividad. Es el caso de los viáticos.

Los suplementos y compensaciones se calculan como porcentajes o coeficientes del haber mensual o sueldo básico. Por su parte, las personas en retiro tienen otras cifras: el haber de retiro o pensión, que corresponde a un porcentaje –variable según los años de servicios cumplidos– del haber mensual y de los suplementos generales que ganaba al momento de pasar al retiro o de fallecer.

Hasta ahí la matemática de los salarios es sencilla. Sin embargo, la coyuntura actual en Prefectura y Gendarmería se originó entre julio del 2005 y junio del 2010, cuando hubo una forma particular, aunque legal, de aumentar los salarios del personal en actividad de ambas fuerzas, que según el Ministerio de Seguridad de la Nación estaban congelados desde principios de los noventa. No se incrementó el haber mensual o sueldo básico, sino que se aumentaron los coeficientes de dos suplementos particulares: por cargo o función y por vestuario; y de dos compensaciones: por vivienda y por textos de estudio.

De acuerdo con el subsecretario de Asuntos Jurídicos, “Esto en sí mismo no es ilegítimo, porque la ley contempla, como herramientas de política salarial, tanto la posibilidad de incrementarles el haber mensual o sueldo, que es lo normal y lo más sencillo en términos de liquidación, como también la posibilidad de ir modulando el monto de los suplementos particulares, generales y compensaciones, que fue lo que se hizo”.

¿Por qué se tomó esa decisión? “No es que el Estado quiso eludir obligaciones en ese momento, sino que tuvo que resolver una deficiencia de caja y a la vez tuvo, era su deber, aumentar los salarios de un personal que durante años no fue tenido en cuenta. El beneficio de esta operación es que el costo fiscal se reduce, pues no hay costo patronal sobre los suplementos y compensaciones”, explica el funcionario.

El problema de tal aplicación llegó por el lado de los agentes retirados. “Como el haber por retiro no tiene en cuenta los suplementos particulares ni las compensaciones, a ellos les interesa que los aumentos estén incorporados al haber mensual, porque de otro modo los pierden al llegar al retiro. Por eso muchos decían que esa forma de aumentar era plata en negro, aunque sí que también les servía porque así como no había descuento para el patrón, en este caso el Estado, tampoco había deducciones fiscales para ellos”.

Para compensar la afectación de los retirados, “se les dieron bonificaciones excepcionales, por fuera del sistema de retiro, con la finalidad de que en el bolsillo tuvieran una cifra similar a si se hubiera aumentado el haber mensual o sueldo. Fueron medidas que se dieron transitoriamente en un periodo de crisis y de escasa disponibilidad de recursos públicos”.

La trampa jurídica

Los decretos que dispusieron incrementar los salarios de esa forma establecieron que todo el personal activo de Gendarmería y Prefectura debía llegar hasta un aumento salarial de un porcentaje determinado cada año (23% en 2005; 19% en 2006, y similar hasta el 2009), y que si no era posible alcanzar ese monto por concepto de las dos compensaciones y los dos suplementos particulares, se destinaría un adicional transitorio que se los garantizara. Fue entonces cuando la Justicia dictó que lo que estaba haciendo el Ministerio de Seguridad correspondía a disimular un aumento generalizado de los salarios. Fue el comienzo de una trampa jurídica.

Según el subsecretario de Asuntos Jurídicos, “Como la ley dice que toda asignación que con carácter general se otorgue a la totalidad del personal en actividad va al sueldo, comenzaron a dictarse medidas cautelares ordenando que las Fuerzas al liquidar esos haberes los incluyeran en el sueldo básico. Al incluirlos allí repotenciaron todo lo demás. Porque los otros conceptos que integran el salario se calculan sobre el sueldo básico”.

Este proceso de aplicación de medidas cautelares para los hombres que las solicitaron, el 70% de los miembros de Gendarmería y Prefectura, se conoce como “judicialización”. El problema fue que, aunque los jueces dictaron que los haberes debían aumentarse, no “restaron” los suplementos que antes habían sido incrementados, de modo que, dice Rosa Alves, “apareció una cifra exponencial: el Servicio Administrativo Financiero volvió a calcular complementos sobre la cifra que debía percibir cada persona, que a su vez es el haber mensual más los suplementos que ya se le venían liquidando”.

La judicialización fue en sí misma un carnaval de corrupción que hoy está siendo investigado por la Justicia, aunque las medidas cautelares continúen vigentes para quienes se acogieron a ellas. “La repotenciación fue tan extrema que en ese periodo 2005-2010 hubo aumentos de salario de hasta 800%, además de una gran disparidad salarial para agentes con el mismo rango si estaban o no bajo medida cautelar”, dice el funcionario.

¿Cómo funcionaba la judicialización? Los mismos jefes de las Fuerzas de Seguridad, con pocos estudios jurídicos y pocos jueces instrumentaron la maniobra. Cuando alguien entraba a Gendarmería o a Prefectura la derivaban por un camino que conducía a la judicialización; era la manera de mostrarle cómo aumentar su salario. Para conseguir una medida cautelar, bastaba dejar la firma a un abogado que la llevaría, en un expediente gigante, a algún juez federal o provincial. Según estadísticas del Ministerio de Seguridad, el 41% de los cadetes de tercer año ya estaban judicializados. Como algunos de los funcionarios del Poder Judicial que firmaron las medidas cautelares no tenían esa función dentro de su jurisdicción, debían declararse incompetentes. Unos jueces lo hacían, otros no. En todos los casos, la contraorden de revocar las medidas cautelares nunca llegó al Servicio Financiero, y si llegaba, la liquidación de los valores extras continuaba haciéndose sin que alguien se pronunciara. Había sueldos de comandantes generales que triplican hoy el sueldo de la Presidenta de la Nación. Era una forma desequilibrada e inequitativa generada dentro de las Fuerzas, donde los que no se acogían a medidas judiciales parecían penalizados en sus haberes.

Según el subsecretario de Asuntos Jurídicos, “El 20 de diciembre, un juez de Santo Tomé hizo lugar a tres medidas cautelares donde los actores en cada proceso eran 4.500, 6.000 y 2.000, en una ciudad donde no llega a haber diez mil habitantes. O sea, un juez provincial en un abrir y cerrar de ojos cautelarizó, fijó una política salarial paralela, para más de la mitad de Gendarmería”.

Salas, Borejko y Zanotti

Era insostenible para el Estado continuar pagando salarios de 90 mil pesos a los comandantes judicializados. Para dejar de hacerlo, el Ministerio de Seguridad impugnó la forma en que estaba liquidando los sueldos. Así, en el 2011, la Corte Suprema dictó dos sentencias, Salas, para retirados, y Borejko, para activos. Allí determina que “los incrementos salariales mínimos otorgados para el periodo 1 de julio de 2005 al 30 de junio de 2010 –que representan acumulativamente un 140.48%– deben incorporarse al concepto de haber mensual o sueldo básico”, dice un documento de la alta dependencia que dirige Nilda Garré.

Si bien Salas y Borejko dictaban una doctrina salarial, aún no era claro cómo se aplicaría la disposición. Entonces, en abril del 2012, apareció el fallo por el caso “Zanotti”, en donde la Corte Suprema, “para evitar repotenciaciones indebidas del haber mensual y, por ende del salario, dijo que esa diferencia a favor del 140.48% debía calcularse sobre el haber mensual vigente en junio del 2005, y no sobre el salario mensual bruto de ese mes”, expresa el mismo documento oficial.

“Para aplicar esta doctrina de la Corte, el Poder Ejecutivo firmó el decreto 1307 de julio de este año. Se busca con él aclarar la política salarial y arreglar de una vez todo el universo de juicios: son 26 mil expedientes judiciales, con muchos más actores dentro de cada uno”, explica Esteban Rosa Alves, subsecretario de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad.

Según el funcionario, “Con el decreto 1307, todos los activos y los retirados quedaron en la condición a la que hubieran llegado si hubieran hecho juicio, si lo hubieran ganado y se les hubiera liquidado la sentencia a su favor. Eso se hizo para evitar que continuaran los juicios. El decreto es ejemplar, porque pocas veces el poder administrador reconoce la autoridad de un fallo del más alto tribunal de la República y lo aplica pacíficamente a todos los fallos”.

Un cambio sociológico

¿Por qué la aplicación del decreto 1307 generó inconvenientes? En julio de este año, el panorama describía tres grandes dificultades dentro de las fuerzas de seguridad: había colapsado la estructura salarial, había una alta inequidad interna y los agentes llegaron a creer que los salarios judicializados y repotenciados eran los que merecían, aunque estuvieran muy lejos de lo que debían ganarse según sus funciones, cargo y antigüedad.

Por otra parte, en ambas fuerzas, pero sobre todo en Prefectura, “hicieron una comunicación institucional en contra, para crear una atmósfera de resentimiento. No sólo no explicaron las ventajas del decreto sino que hicieron creer que el poder ejecutivo les recortaba los salarios. Aprovecharon la confusión que tenían los hombres de las fuerzas para distinguir la judicialización de la política salarial, y jugaron suciamente con esto: generaron la convicción de que el Poder Ejecutivo les quería recortar los salarios. Y como las Fuerzas son las que liquidan sus propios haberes, no sabemos si fue a propósito o por torpeza, pero no respetaron las medidas judiciales. Allí, pasaron a liquidar a todos el nuevo decreto y no les pagaron la diferencia a los que tenían sueldos mayores en virtud de medidas judiciales, como para que no quedara ninguna duda de que el Poder Ejecutivo quería que todos cobraran menos”, explica el subsecretario de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad.

“Finalmente –dice Esteban Rosa Alves–, ellos tenían la convicción de que antes habían sido relegados y tenían sueldos de hambre, por lo que las judicializaciones fueron como decir que por fin se había hecho justicia, con esos salarios altos y exagerados. Creyeron que esos eran los salarios que les correspondían; no eran conscientes de que hacían parte de una fiesta transitoria. La concepción subjetiva y ética les decía que era justo ese sueldo por cumplir tareas de seguridad”.

¿Qué va a pasar?

Las medidas para la comprensión del decreto 1307 comenzarán por el mismo recibo de sueldo. Según el subsecretario, “En la liquidación de haberes va a quedar bien claro qué es lo que cobran, por reglamento administrativo y en virtud de una decisión judicial. Que sepan cuáles son los conceptos que hacen parte del reglamento y cuáles son los que tienen una medida cautelar encima, que son decisiones discutidas que desde la administración no se pueden limitar, pero que vamos a impugnar”.

Con respecto a las medidas cautelares, “Se les exigirá a las áreas de recursos humanos que comuniquen la naturaleza transitoria de los conceptos judiciales y que los mayores haberes dispuestos por la Justicia tenderán a desaparecer o reducirse a medida que los magistrados apliquen el fallo Zanotti”, puntualiza un documento oficial del Ministerio de Seguridad.

En conclusión, el subsecretario de Asuntos Jurídicos, afirma: “El problema hoy está concentrado en los mandos altos. De Comandante para abajo el máximo que van a cobrar serán 20 mil pesos, o una cifra similar. Es el punto de la decencia salarial hasta el cual estamos dispuestos a ceder. Siguen siendo sueldos altos, pero ya no son 62 mil, 80 mil pesos. Entendemos que el decreto 1307 va a poder ser entendido por miembros de las Fuerzas y ellos van a tener la tranquilidad de que lo que cobran por decisiones judiciales lo van a mantener hasta tanto no se revoque por un tribunal superior”.