caso belénA Belén le pusieron custodia policial los cinco días que estuvo internada por haber sufrido un aborto espontáneo. Los médicos y la policía la acusaron de haber matado a su bebé. Apenas le dieron el alta, la trasladaron a una celda y cumplió dos años de preventiva. En abril, el Tribunal de Tucumán consideró que había cometido un delito y la condenó a más de ocho años por homicidio doblemente agravado por el vínculo. Ayer, más de diez organizaciones de Derechos Humanos se reunieron en la Asociación de Abogados de Buenos Aires (ABBA). La defensa los articuló como amicus curiae en el caso y exigen la inmediata liberación de la joven tucumana de 27 años. “Acá la justicia es clasista, patriarcal y misógina”, dijo a Cosecha Roja Soledad Deza, la abogada de Belén.

Belén pensaba que sólo era un dolor de panza: tenía antecedentes vesiculares y de peritonitis. No sabía del embarazo. La madrugada de ese 21 de marzo una serie de hechos desencadenó que los médicos del Hospital Avellaneda llamaran a la policía. Pidió ir al baño y cuando volvió un enfermero le acercó una cajita con un feto de ocho meses. Para las organizaciones que la apoyan no hay evidencia que sustente la condena impuesta por el Tribunal. “Ella tardó apenas cinco minutos en el baño y salió caminando. El caso está lleno de contradicciones, los horarios son imprecisos y aún falta la prueba de ADN entre el feto y Belén”, dijo Marta Alanis, miembro de Católicas por el Derecho a Decidir.

La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos insistió con que hubo una violación al principio de inocencia de Belén. “No sólo la encarcelaron de manera injusta. A pesar de que no se podía, el Estado usó la información de los médicos para perseguirla penalmente”, dijo María Elena Naddeo, integrante de la Asamblea.

El caso de Belén contradice el fallo “Natividad Frías” de 1966. Indica que el secreto profesional prevalece por sobre la obligación de denunciar delitos. También al fallo “Baldivieso” de 2010, donde se explicita que los datos que se obtienen en el marco de una relación médico paciente no pueden ser revelados y usados contra el paciente. Esa noche en el Hospital Avellaneda se violentaron la ley 17.132 que regula el ejercicio de la medicina, el Código de Ética Médica de la Asociación Médica Argentina y la ley 26.529 de Derechos del paciente.

Las organizaciones hablaron de un sistema patriarcal en los tribunales. Apenas salió la condena el diario La Nación tituló: “Condenan a una mujer por matar a su bebé y ella dice que fue un aborto espontáneo”. Compararon el caso de Belén con el de Romina Tejerina y con otros casos similares ocurridos en 2006 en Entre Ríos y Córdoba. Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto dijeron que ya no se puede juzgar sin perspectiva de género.

“En este caso habría que pensar si el fallo fue en términos conspirativos o si tiene que ver con un atravesamiento cultural”, dijo Adrián Martín, presidente de la Asociación de Pensamiento Penal (APP).

Soledad Deza escribió “Jaque a la Reina: Salud, autonomía y libertad reproductiva en Tucumán”, un libro que reúne más de 605 denuncias formuladas en sede policial con caratulas disparatadas y delitos que no son delitos. “No perdemos las esperanzas. Esperamos que esto visibilice una urgencia para el tribunal”, dijo a Cosecha Roja desde Tucumán.

Las organizaciones que presentaron el Amicus Curae son Abogados y Abogadas del NOA en DDHH y Estudios Sociales (ANDHES), la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA), la Asociación Pensamiento Penal (APP), Amnistía Internacional (AI), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Innocence Project Argentina (IP Argentina) y la diputada nacional Soledad Sosa (Bloque Frente de Izquierda, Partido Obrero, en representación de referentes políticos, sindicales y de los derechos humanos).

A nivel provincial, se creó la mesa por la libertad de Belén que nuclea más de 40 organizaciones. El viernes pasado el comité de Derechos Humanos de la ONU tomó el caso e insistió con que el estado tiene que revisar la condena porque se violaron estándares internacionales vigentes. En el informe se hace una crítica a que la ley de interrupción del embarazo no se aplica para todas las mujeres por igual.

Desde la cárcel, Belén escribió una carta para agradecer a los que se movilizaron para luchar por su causa. Actualmente el caso está la Corte Suprema de Tucumán con dos recursos de casación pendientes. La defensa pidió que se revea la negativa al pedido de cese de prisión y que revise la condena y se la absuelva.

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Según Innocence Project Argentina, existen contradicciones, falta de prueba inculpatoria y violaciones a principios constitucionales. Entre las irregularidades están:

– Los exámenes: los exámenes forenses informan resultados sobre distintos fetos.
– El ADN: nunca se realizó un ADN entre Belén y el feto.
Conservación de la prueba: irregularidades, el feto está desaparecido.
– La autopsia: no se determinó si el feto encontrado nació con vida.
– La hipótesis: no hay pruebas de que el traumatismo en el feto encontrado haya sido provocado por Belén.
– Los horarios: el feto fue encontrado a las 3 am. Belén ingresó a la guardia 50 min. después.
– El lugar: no está probado que Belén haya ido al baño donde fue encontrado el feto.
– Los testimonios: varios testimonios resaltan que el baño en el que fue hallado el feto se encontraba limpio. Nadie dice lo contrario.
– Los testimonios: varios testimonios resaltan que al regresar del baño, Belén no tenía manchas de sangre en su ropa. Nadie dice lo contrario.
– Los testimonios: varios testimonios resaltan que Belén no tenía un estado de embarazo visible. Nadie dice lo contrario.
– Las declaraciones: Belén declaró que no sabía que estaba embarazada. El tribunal no tuvo en cuenta esta declaración.
– La defensa: Belén sostuvo su inocencia en todo momento. Su defensa previa, no.