El Tribunal Superior de Justicia determinó que el crimen de Paola Acosta fue femicidio. Ratificó, además, la condena a prisión perpetua de Gonzalo Lizarralde, que la Cámara 11 del Crimen había dictado como “homicidio calificado”” ya que para los jueces no hubo ataque contra el género.

La defensa de la familia de Paola apeló la resolución de la Cámara 11 y el dictamen del máximo tribunal sentó un precedente sobre el resto de las cámaras. Para el TSJ, a diferencia de la Cámara 11, sí hubo “prejuicios de género”.

El Ministerio Público Fiscal señaló que “El Tribunal Superior estimó que Lizarralde cometió el homicidio en contra de Acosta basado en prejuicios de género. Hasta tiempo antes del hecho, el condenado había sorteado con facilidad las cargas del embarazo y nacimiento de la niña Martina, producto de su relación casual con la víctima”. Y agregó que “desde su perspectiva, y favorecido por el estado de vulnerabilidad que transitan las mujeres en estas situaciones, el condenado logró que Acosta asumiera durante casi tres años la responsabilidad exclusiva sobre el cuidado y asistencia de la niña. Así, entendía que, según su rol, no podía obligarlo a resignar sus elecciones personales. Recién emprendió su acción homicida cuando se desarticuló este contexto de desigualdad en razón del proceso judicial de reconocimiento de paternidad. La muerte de la mujer implicaba volver a imponer sus planes de vida por encima de los de ella”.

El TSJ estableció con su fallo algunos criterios sobre el tema de violencia machista que deberían ser usados por los tribunales menores:

-Un hombre acomete contra una mujer mediando violencia de género.

-No es indispensable que medie entre ellos una relación de pareja estable o convivencia.

-El homicidio debe ser ejecutado en un contexto en el que la mujer se encuentre en condiciones de desigualdad respecto del hombre.

-El contexto de desigualdad deberá ser resuelto en cada caso por el juez de turno, según las circunstancias concretas del caso.

Paola y su hija

El 17 de septiembre de 2014 Paola y su beba desaparecieron. Lizarralde las había pasado a buscar por el departamento del barrio San Martín en el que vivían. Después del análisis de ADN positivo, la justicia había determinado que él debía pagar 1400 pesos de la cuota alimentaria y habían acordado ese día para que él hiciera el primer pago.

Cuatro días después, el 21 de septiembre, una vecina del barrio Alto Alberdi escuchó llorar a la beba, llamó a la policía y las encontraron tiradas en una alcantarilla: Paola estaba muerta y Martina viva, aferrada a su cuerpo. La beba de un año y nueve meses tenía un cuadro de hipotermia y golpes y estuvo internada en terapia intensiva en el Hospital de Niños de Córdoba durante varias semanas.