LeClab

Por Cosecha Roja. –

“La sociedad ya condenó a los tratantes, ahora que los condene la justicia”, decía el volante que el Movimiento de la Matria Latinoamericana entregó ayer en las puertas de la Cámara Oral Federal de Santa Cruz. En el recinto, lejos del run run mediático de la Capital, de las vicisitudes del nuevo Papa y de los goles de Messi en la Champions League, también se ponía en juego una instancia histórica: el veredicto del primer juicio oral y público de la provincia por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual.

Un par de horas después los jueces Jorge Chávez, Alejandro Ruggero y Mario Reynaldi condenaron a Celio Barrionuevo a 10 años de prisión y a Mercedes Valerio a 11 años por captar, trasladar, acoger y prostituir a Laura Domínguez, y las primas Cristina y Zunilda Velázquez.

Todo comenzó con un nombre propio. Laura Domínguez dejó su Misiones natal por trabajo. Llegó a Caleta Olivia ilusionada con los cinco mil pesos de sueldo que le iba a reportar el trabajo en Le Clab. Barrionuevo, que la había reclutado en San José, le dijo que allí la esperaba la versión Disney de lo que encontró: que era una whiskería donde algunas chicas ejercían la prostitución, pero que prostituirse era opcional y corría por cuenta de cada uno. Ella aceptó. Cuando llegó al sur de la Argentina, en la whiskería la única opción posible era prostituirse o quitarse la vida en algún rincón oscuro. Su familia, cuando no tuvo novedades sobre su suerte, no se quedó de brazos cruzados.

Su padre hizo la denuncia en la comisaria 7ma de Misiones. A los pocos días, su hermana la replicó en la comisaria de la mujer de Posadas. Ramón Claudio Chávez, Juez de instrucción Federal de la provincia de Misiones, dio la orden de allanamiento. A partir de ahí, se inició la investigación y se determinó que Laura podía estar en Caleta Olivia.

A las tres de la mañana, cuando Gendarmería tiró la puerta abajo, Le Clab estaba en el rush hour: las chicas iban y venían al ritmo de Los Redonditos de Ricota y un par de parroquianos peinaban unas líneas de merca sobre la mesa del fondo. Detrás del local había un departamento donde se mantenía en cautiverio a tres chicas. Además de Laura, allí fue donde la Gendarmería encontró a las primas Zunilda y a Cristina Velázquez. También habían llegado engañadas a Caleta Olivia. A Cristina le habían dicho que iba a cobrar 5 mil pesos por acomodar las botellas de la whiskería. Cuando llegó, la obligaron a prostituirse hasta que devolviera la plata del pasaje, del alimento, del agua que bebía. Todo tenía su precio. Y ella tenía que pagar con su cuerpo por cada una de esas cosas.

A Zunilda la convenció la madre. Mercedes Valerio la invitó de vacaciones a Caleta Olivia. Ella le respondió que hacía 3 años que no la veía y que si iba para allá, era para quedarse. Valerio le dijo que no había problemas, que le conseguía un trabajo bárbaro y le pagó el pasaje. Cuando llegó a Caleta, Zunilda tenía 16 años. Valerio la mandó a trabajar en la barra de Le Clab. Dijo que el sueldo era buenísimo y que sólo iba a servir tragos. Pero el primer día la obligaron a prostituirse. Cuando Gendarmería realizó el allanamiento, la encontraron encerrada en el departamento del fondo. Pero cuando la citaron para declarar en la causa, nunca reconoció que era víctima de trata y dijo que no quería complicar judicialmente a su madre, porque nadie la obligaba a declarar nada.

Barrionuevo y Valerio eran los encargados de organizar, junto con Verónica Ruth Arenas -ahora prófuga-, una red de trata de personas con fines de explotación sexual. Reclutaban a las chicas en San José, Misiones, y en Río Cuarto, Córdoba. Y las llevaban a prostituirse al sur del país.

El veredicto de los jueces en el primer juicio sobre trata de la provincia no dio lugar a dudas: los imputados seguirán detenidos por ser “co-autores plenamente responsables del delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravada de una menor de 18 años de edad, abusando de su situación de vulnerabilidad y ser cometido por más de tres personas de manera organizada”. A Valerio, además, se le suma el agravante de ser madre de Zunilda, por lo que su pena aumenta en un año con respecto a la de Barrionuevo.

Para que esta causa tenga una sentencia en Santa Cruz se recorrió un largo camino. En esta provincia, desde 2006 se rescataron a más de 70 víctimas de trata. Y las condenas sobre Barrionuevo y Valerio son las primeras que se realizan en relación a esos rescates.

“La sociedad en su conjunto debe evitar que estos delitos acontezcan porque no es un asunto judicial o policial sino parte del desarrollo concreto de todos en términos de educación y acceso al trabajo, que las mujeres y los hombres tengan la posibilidad de poder sustentar su vida sin necesidad de someterse a este tipo de cosas”, dijo Jorge Chávez, presidente del Tribual encargado del juicio.

Para Lucrecia Vivanco, referente provincial de MuMalá (Movimiento de la Matria Latinoamericana), el apoyo político fue clave: “No tuvimos la misma suerte con el juicio de Marita Verón –realizado en Tucumán durante 2012- por eso creemos que las decisiones y voluntades políticas son definitivas en estas cuestiones”.

Vivanco también expresó su opinión acerca de las irregularidades cometidas por el Juzgado de Misiones que fueron el eje de los cuestionamientos de la defensa y que, lo sabe bien, podrían ser la causa de que se reduzcan las penas de los acusados. Dijo: “Las impericias y la negligencia también tienen que tener una condena. Si la justicia se quiere poner al hombro estas causas que son de toda la Argentina tiene que revisar y ajustar estos procedimientos”.

La defensa aprovechó una serie de irregularidades en la causa para hacer un pedido de nulidad. Pero la Fiscal Patricia Kloster aclaró que no se violó el principio de imparcialidad de los jueces ni se negó el derecho a la defensa de los imputados. Pero la defensa pidió que la fiscalía aclare la incorporación de testimonios de las víctimas que, según su criterio, no constituían pruebas para la cusa. Pero Kloster explicó que la Ley de Trata establece que las víctimas deben ser resguardadas. Y que si bien no son declaraciones testimoniales la prueba que se incorpora a partir de las declaraciones que hace el personal de la Oficina de Rescate a Víctimas de Trata, que son responsables de abordar en primer término a las víctimas y que hacen las entrevistas en determinadas circunstancias, es una prueba que los jueces tendrán que considerar y valorar. A pesar de la defensa, el Tribunal no hizo lugar a los pedidos de nulidad. “Seguramente la defensa no comparta nuestros argumentos, pero hemos evaluado cada una de las pruebas concienzudamente”, agregó Chávez que a pesar de los cuestionamientos dio lugar a que en Santa Cruz se empiece a escribir una nueva historia.