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Luego de una visita institucional el titular del Juzgado de Ejecución Nº1 de San Isidro, Gabriel David, dictó una medida cautelar para que se otorgue arresto domiciliario a las mujeres embarazadas y las madres alojadas con sus hijos en la Unidad 33. La medida ya habría alcanzado a 19 casos pero abarca a 57 más. Los jueces que llevan sus causas deberán expedirse.
“Una vez verificado el domicilio en cada caso, la medida deberá cumplimentarse en el término de 24 horas con comunicación al magistrado a disposición de quien se encuentre cada interna”, ordena el habeas corpus correctivo emitido por el juez David durante la última semana, después de que el magistrado visitara la Unidad.
La medida derivaría en la prisión domiciliaria de 54 mujeres que están encerradas junto a sus hijos e hijas y de 22 detenidas embarazadas. Hasta el momento se hizo efectiva en 19 casos. La decisión se evaluó a partir de las pésimas condiciones de encierro que detectó el juez al recorrer la Unidad, y que ya han sido reiteradamente denunciadas por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM): deficiente atención a la salud, regímenes de vida vejatorios, focos infecciosos, presencia de alimañas y mala alimentación, entre otros agravamientos. Ya en distintas mesas e instancias de discusión, como en presentaciones internacionales y judiciales a nivel local, la CPM ha reclamado este tipo de medidas para todas las madres detenidas con sus hijos. 
David desarrolla en su escrito una serie de disposiciones para los arrestos. En principio desde servicios sociales del SPB (Servicio Penitenciario Bonaerense) o la comisaría más cercana a cada domicilio se deberá constatar e informar todo dato relevante al magistrado interviniente para que resuelva la medida cautelar. Una vez dispuesto el arresto las detenidas deberán presentarse en la comisaría correspondiente a su domicilio todos los días, y una vez al mes en el juzgado que lleve su causa. Además cada caso tendrá que ser supervisado por la delegación del Patronato de Liberados Bonaerense que le corresponda, para que eleven informes quincenales a los juzgados.
Según los datos de la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia del Tribunal Provincial de Casación Penal, el total de detenidas en la Unidad 33 es de 246 mujeres, entre las cuales sólo 81 están penadas y las 164 restantes se encuentran procesadas: un 66% aún no tiene condena. Esta cárcel es conocida por ser una de las habilitadas para alojar detenidas junto a sus hijos menores de 4 años. Del total de la población allí encerrada el fallo abarca un 30%, 76 mujeres. Actualmente hay también madres con sus hijos en las unidades 50 de Batán y 4 de Bahía Blanca, pero no quedarían comprendidas por este dictamen.

El total de detenidas en la Unidad 33 es de 246 mujeres, entre las cuales sólo 81 están penadas y las 164 restantes se encuentran procesadas: un 66% aún no tiene condena

El embarazo y la maternidad de las mujeres en conflicto con la ley penal no se registran exhaustivamente en el ámbito judicial. A esto se suma que las niñas y los niños encerrados no pueden ser alcanzados por una aplicación directa de los dispositivos de promoción y protección de derechos de la niñez creados por la ley 13.298.
“Para ella esta es su casa: nació acá”, dice una mujer, como queriendo entender lo que le ocurre a su hija que fue externada hace unos meses. Ahora la niña quedó al cuidado de una tía y su abuela, gente a la que pocas veces había visto antes y con quienes no convivía, y cuando visita a su mamá madre –la última vez fue hace un mes y medio- le dice que quiere volver a la cárcel.
Otra de las niñas cumplirá 4 años en unos meses por lo que en marzo tendrá que irse de la Unidad. Su mamá no mantiene vínculos familiares y la última salida recreativa de la niña fue en 2013. Además, padece síndrome de Angelman (un retraso del neurodesarrollo y rasgos dimórficos faciales) y, según lo que informa el Consejo Asistido de la Unidad, su madre es su principal sostén. Su futuro egreso significaría un retroceso en su proceso evolutivo.
Lo que el fallo evalúa es que “una interpretación armónica de la normativa aplicable lleva a concluir que el arresto domiciliario es la medida que resulta más adecuada a las situaciones descriptas, de modo tal que permite salvaguardar los derechos de aquellas personas cuyas madres se encuentran encarceladas, en aras al interés superior del niño, y al mismo tiempo garantizar mediante una medida de coerción menos lesiva, el interés persecutorio o bien punitivo, según sea el caso, del Estado”.
Tal como se ha analizado en diversas oportunidades y ante denuncias de organismos como CPM, la violencia de género se ejerce también a través de las políticas penitenciarias en las que se reflejan, al igual que en el conjunto social, las relaciones de poder sexo-género que afectan de forma particular los derechos de las mujeres y sus posibilidades de ejercerlos.
 
La situación en la Unidad
En la presentación judicial se describen las situaciones estructurales que dieron lugar a la medida. Las celdas donde conviven las detenidas con sus hijos tienen una cama y una cuna que se encuentran ubicadas al lado de un inodoro. En su fallo el magistrado alerta sobre esto que, independientemente del grado de higiene, constituye un foco infeccioso y permite el ingreso de roedores que son una plaga en la unidad. Es por eso que en cada uno de los pabellones había al menos un gato para evitar el ingreso constante de las ratas. Pero los animales carecen de vacunación, lo que genera otros riesgos de contagio o transmisión de enfermedades.
En cuanto a la atención a la salud el servicio de pediatría con el que cuenta la unidad se brinda en un espacio de aproximadamente 2  x 2,50 metros que no cuenta con iluminación ni ventilación natural ni eléctrica. Las madres detenidas, si bien subrayan la buena atención de los pediatras, denuncian esta escasez de recursos, de medicamentos y que frecuentemente se encuentran vencidos. Por otro lado presentaron numerosas quejas respecto de la atención sanitaria de las mujeres y las embarazadas.
En la visita institucional el juez David también detectó la deficiente alimentación que reciben las detenidas y fundamentalmente los niños. De las dos cámaras frigoríficas, una no funciona;  había provisión de alimentos secos pero muy pocos frescos, y los niños no reciben postres ni fruta. Las autoridades refirieron que cuando reciben carne alcanza sólo para el día, y que generalmente se trata de pollo.
A partir de su trabajo constante de monitoreo en lugares de encierro la CPM denuncia desde hace años que no existen en las cárceles garantías para el acceso a la salud de las madres con sus niños, y que las mujeres detenidas son víctimas de tratos particularmente denigrantes anclados en la desigualdad de género. Desde el organismo entienden que es necesario un trabajo integral y articulado entre las instituciones judiciales y las que dependen del Ejecutivo de la provincia para garantizar un pleno ejercicio de los derechos de las personas detenidas en las cárceles bonaerenses. 

Foto: Imagen perteneciente al ensayo fotográfico “Mujeres presas” de Adriana Lestido (1991 – 1993)