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Solo hay dos casilleros. Las personas que nacen con pene, son anotadas en el documento nacional de identidad dentro del casillero “VARÓN”, mientras que las que tienen vagina son anotadas como “MUJER”. En el presente no hay otras posibilidades, y si una persona tiene una genitalidad o un deseo identitario que exceda estas opciones se la mutila o implanta en busca de acomodarla al binomio. Esta regla de usar el sexo genital como requisito único para definir la identidad en los DNI está llegando a su fin. Un proyecto de Ley que propone eliminar la categoría de los sexos en los documentos ya pasó por la comisión de Legislación General y está listo para tratarse en las primeras sesiones del año próximo en el Congreso. De ser así, las personas que se definen como hombre y mujer seguirán siéndolo, mientras que aquellas que no entraban en estas categorías tendrán un nuevo derecho que respete su identidad sea hombre, mujer, intersex, trans, de género fluido y todos los etcéteras que aparezcan.
“El registro actual no se hace de manera voluntaria sino compulsiva: hay una obligación de encasillar en esas dos opciones y definir el sexo en base al aspecto fisiológico y cada día se ven más casos de personas que no se identifican de esa manera. Este concepto no se apoya en una verdad sino en una determinación ideológica previa, como cuando se ponía en el documento si la persona sabía leer o era analfabeta”, dijo a Cosecha Roja la diputada nacional Silvia Horne.
La obligación legal de publicitar en los documentos públicos y privados datos sobre los genitales de las personas empezó su crisis con la sanción de la Ley de Identidad de Género, que fue sancionada en 2012 y define al género como una construcción propia, relacionada con vivencias sociales y culturales independientes a la biología. El año pasado hubo dos casos que a partir de judicializaciones trascendieron en los medios. Un fallo de la justicia mendocina ordenó a al RENAPER (Registro Nacional de las Personas) a entregar un documento donde no se consigne ningún sexo. Por otro lado, la justicia nacional falló a favor del pedido de la activista travesti Lara Bertolini para que tanto en su partida de nacimiento como en su DNI consignarse “femineidad travesti”. Hay que aclarar que ninguno de los casos se hizo efectivo. El RENAPER de Mendoza todavía no expidió los documentos y en el caso de Bertolini se niegan a hacerlo porque en el campo de género “sólo hay dos sexos”.
Según el proyecto que se está tratando en Diputados, “hasta ahora la asignación sexual, como práctica médica y registral, ha pretendido categorizar en un binomio ciertos rasgos bioanatómicos de cada persona: sus “características sexuales”. Estas características sexuales varían según cada persona y comprenden: la genitalidad y cualquier otra anatomía sexual y reproductiva, cromosomas, gónadas, hormonas, capacidad de las hormonas y caracteres físicos secundarios que emergen de la pubertad”.
En los casos en que estos datos no se corresponden con el binomio hombre-mujer, o incluso cuando no se verifica el relato de correspondencia entre “características sexuales”, en lugar de cuestionar su construcción conceptual como categorías exclusivas y excluyentes, se violenta la diversidad corporal con prácticas registrales y médicas que remiten a las violaciones de derechos graves: mutilaciones de los penes intersex, tratamientos prolongados de “corrección” hormonal e incluso terapias de electroshock.
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El proyecto de ley, que fue elaborado con aportes de la Federación Argentina LGBT, señala que que así como en algún momento figuraba en los documentos personales la religión o el color de la piel y en la actualidad ya no es así, el sexo debe dejar de ser un dato requerido en documentación pública y privada porque ya no ofrece ninguna utilidad real: “Es importante destacar que el flagelo de la intervención corporal temprana y urgente con fines meramente estéticos a bebes, niños/as y adolescentes intersex tiene su fuente: se busca intervenir para cumplimentar con el requisito registral, con la asignación binaria obligatoria a un sexo, requisito que paradójicamente no tiene ningún efecto jurídico y constituye en muchos casos una cadena de sufrimientos y una fuente de tortura, por el mero afán de proteger y custodiar “el género” y evitar la angustia social de una sexualidad no hegemónica.“Borrar la “duda genital” es la emergencia que profesionales médicos, amparados por la secularización del binomio hombre/mujer, solucionan con un bisturí” .
Acerca de las críticas que puede recibir por parte de mujeres o personas que tienen beneficios pensados en base a crear una discriminación positiva (por ejemplo la figura penal de violencia de género, que plantea como agravante que la mujer sea atacada por un hombre) la diputada Horne aclara que la modificación no viene a anular derechos: “Se puede definir el género de las personas de muchas maneras más allá del sexo en el que se registra en el documento. Por otro lado es momento de que nuestra legislación sea atravesada por completo con perspectiva de género. Ninguno de los derechos adquiridos por las mujeres van a perderse, esta ley llega para sumarse a lo que ya hay conquistado”.
El paso siguiente para que el proyecto se convierta en ley es obtener dictamen de la comisión de derechos humanos y ser votado en el recinto. Teniendo en cuenta los aires de renovación que se están viviendo en el congreso argentino hay muchas posibilidades que esto suceda a comienzos de las actividades legislativas ordinarias de 2020, que comenzarán el 30 de marzo.
Lee el texto completo del proyecto: https://bit.ly/2L3QAln