Nuevo gobierno: ¿Qué pasará con las hormonas para personas trans e intersex?

¿Qué hay detrás de esta última reglamentación de hormonas? ¿Es una ampliación o reduce el alcance de los tratamientos para personas trans y no binarias?

Nuevo gobierno: ¿Qué pasará con las hormonas para personas trans e intersex?

Por Matias Máximo
02/12/2019

Apenas aprobada la Ley de Identidad de Género, en 2012, la performer y activista trans Elizabeth Mía Chorubczyk quiso que su obra social la ayudara a conseguir su tratamiento de hormonas.

-Te podemos ayudar, pero vas a tener que completar este formulario –le dijo un endocrinólogo de OSDE y le dio un recetario para tratar el cáncer de próstata.

Sin otra opción para conseguir su tratamiento, Effy lo firmó y comenzó a recibir los comprimidos, que sirven tanto para inhibir la producción de testosterona como para el tratamiento oncológico.

A partir de una resolución que el ex secretario de salud Adolfo Rubinstein firmó antes de su renuncia, miles de casos similares al de Effy tendrán una respuesta diferente y reglamentada, no discrecional. ¿Pero qué hay detrás de esta última  reglamentación de hormonas? ¿Es una ampliación o reduce el alcance de los tratamientos para personas trans y no binarias? 

Según la resolución 3159/2019 (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/221509/20191121) los tratamientos hormonales para personas trans y travestis quedan incluidos en el Programa Médico Obligatorio -PMO- y deberán ser entregados en todos los servicios de salud, tanto del sistema público como de los sistemas privados y de seguridad social. El anuncio que se oficializó en el Boletín Oficial dice que “las hormonas no constituyen un procedimiento estético sino que se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud, es decir, en el proceso de constitución corporal e identitario, el libre desarrollo personal y el derecho a la vida”. 

Esto fue posible porque en mayo de 2015, a través del decreto 903/2015, se facultó al Ministerio de Salud para dictar las normas complementarias y aclaratorias que se necesiten para la aplicación del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, donde se dictamina que para acceder a intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales para adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida no es necesario tener autorización judicial ni administrativa.


Te puede interesar:
Por qué es grave el desabastecimiento de hormonas


Lo nuevo que hizo Rubinstein fue incorporar una lista nomenclada de componentes al Programa Médico Obligatorio, que es el sistema de referencia que tienen los servicios de salud. Los componentes son: Acetato de ciproterona, Testosterona gel, 17ß-estradiol gel, Valerato de estradiol, Espironolactona, Undecanoato de testosterona y triptorelina, con cobertura al 100% para los pacientes bajo tratamientos hormonales integrales que tienen por finalidad cambiar los caracteres secundarios que responden al sexo gonadal para adecuación de la imagen al género autopercibido.

Según la resolución a los fines de estas incorporaciones se tuvieron en cuenta las recomendaciones de la Asociación Mundial para la Salud Transgénero (WPATH), la Asociación de Profesionales de Salud Transgénero de Australia y Nueva Zelanda, la Sociedad Endocrinológica de Estados Unidos, la Universidad Central de Amsterdam y el Grupo de Trabajo de Lancet, que respaldan el uso de las referidas drogas y evidencian los beneficios para la salud de los mencionados tratamientos. 

¿Son suficientes estas recomendaciones para dar una respuesta integral de salud? “Esta resolución genera un nomenclador acotado de prestación, para algo que la ley ya había regulado de forma amplia y respetando además la posibilidad de siempre ampliarla según nuevas tecnologías y desarrollos alrededor de la salud trans”, opinó Ese Montenegro, activista.

Lo dijimos dos veces en el último mes a las autoridades de la secretaría de salud de la nación (en las reuniones llevadas adelante por los faltantes de hormonas): DEJEN DE TUTELAR A LAS PERSONAS TRANS. Necesitamos que personas de nuestras comunidades sean actorxs activxs en los diseños de políticas de salud pública para nuestras comunidad. No pueden seguir diseñando políticas de estado sobre nuestra comunidad sin nuestra comunidad siendo parte del diseño. Esto es cisexismo, es transfobia y es violencia epistémica. Y sólo se resuelve con nuestras, nuestros y nuestres compañerxs trabajando en estos espacios. Por eso el cupo laboral trans es una demanda histórica. No sólo queremos trabajo, queremos además que nuestro trabaje modifique los paradigmas hetercisexistas que atraviezan la mirada del Estado”, dijo Montenegro.

La incertidumbre que generó los faltantes en los últimos meses, sumado a esta novedad anunciada a último momento, dejan en alerta a la cartera de salud. En el nuevo gobierno que asumirá Alberto Fernández, el Ministerio (reducido a secretaría por Cambiemos) estará a cargo de Ginés González García, quien fue ministro durante los primeros gobiernos kirchneristas y el primero en generar una guía para abortos no punibles, lo que le valió la enemistad con la cúpula eclesiástica.

Matias Máximo