Télam-. La Cámara Federal de La Plata hizo lugar al “habeas corpus” de una detenida en la cárcel de mujeres de Ezeiza que reclamaba que no se alojen en el pabellón de “fase de confianza” a presas “que no cumplan las condiciones de buena calificación” de las actuales internas de ese pabellón.
Fuentes judiciales informaron a Télam que los camaristas Antonio Pacilio y Leopoldo Schifrin ordenaron que “el Pabellón Ocho, del Módulo Uno del Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza (ex Unidad III), deberá ser formalmente utilizado como sector diferencial para el régimen progresivo de ejecución…no debiendo alterarse la situación existente respecto de las internas”.
La acción la había presentado la interna Valeria Carolina Cerrano “contra el pronunciamiento dictado por el Juez de grado mediante el cual resolvió rechazar la acción de habeas corpus”, según se desprende de las cinco carillas del fallo al que Télam tuvo acceso.
La mujer refirió “la circunstancia de que había sido alojada en dicho pabellón una interna, Gabriela Roldán, con un puntaje de cero (0) que de ninguna manera se corresponde a los altos puntajes, y situación en el régimen progresivo, en que se encuentran todas las demás internas”.
“El Tribunal estima que el contenido de esa presentación puede resumirse en la necesidad de preservar el carácter obtenido por el pabellón formado por personas que han alcanzado muy buenos resultados en el sistema progresivo, logrando formar un grupo de convivencia satisfactoria”, dijeron los jueces.
Los magistrados estimaron que “por circunstancias que ignoramos, de hecho, se ha formado un sector diferenciado que no puede dejar de tomarse en cuenta a los fines del cumplimiento de las finalidades del régimen progresivo de ejecución penal”.
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