La relatora especial de la ONU sobre violencia contra la mujer, Dubravka Simonovic, visitó durante siete días Argentina. Se reunió con funcionarios del gobierno, pero también con organizaciones sociales y mujeres de la Ciudad y la provincia de Buenos Aires, Corrientes y Tucumán. Al termino de su misión, habló del aborto, de los refugios de trata, del movimiento #NiUnaMenos y de la cultura machista que atraviesa el país. Esta es una síntesis muy apretada de su declaración final:

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En los últimos años se aprobaron varias leyes que significan un avance en la materia: Ley 26.485, aprobada en 2009, para brindar una protección integral como medio de prevención, castigo y erradicación de la violencia contra la mujer; la Ley 26.842 de 2012, que dispone la prevención y el castigo de la trata de personas así como la asistencia a las víctimas; la Ley de Identidad de Género, también de 2012, que reconoce el derecho a la identidad de género que cada uno percibe para sí mismo, entre otras. También destacó el Plan de Acción Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra la Mujer y la Asistencia a las Víctimas (2017-2019).

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Sin embargo, las mujeres que son víctimas de la violencia en el país enfrentan un problema sistémico y generalizado: “la falta de implementación de las normas internacionales y nacionales, con diferencias significativas entre las provincias, lo que resulta en un nivel de protección variable de mujeres y niñas contra la violencia de género”.

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Esas leyes no se aplican del todo, “debido a una falta de apoyo pleno o una ausencia de implementación efectiva de la ley federal integral de violencia contra la mujer en el ámbito provincial, ya que algunos gobiernos subnacionales aún utilizan una ley provincial de violencia doméstica”.

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Los delitos sexuales no se investigan de oficio: no puede tomarse acción alguna para procesar y castigar una violación sinuna demanda por parte de la víctima, aún cuando sea menor de edad. Para la relatora, “este tipo de disposición envía un mensaje equivocado de que la violación y la violencia sexual son cuestiones privadas y no un tema de preocupación pública”.

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En un fallo del 12 de marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia, reafirmó el derecho de las mujeres a interrumpir el embarazo cuando existe peligro para la vida o la salud de la mujer o cuando el embarazo es el resultado de una violación. En junio de 2015, el Ministerio de Salud de la Nación publicó un “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”. Ese protocolo, dice la relatora, “no cuenta con la condición jurídica que correspondería” y hasta ahora 8 provincias emitieron protocolos de atención para abortos no punibles”. La relatora instó a adopar, “en forma urgente” esos protocolos y a los Ministerios de Salud de la Nación y provinciales para que “reúnan y difundan información sobre los centros de salud pública del país que ofrecen acceso a abortos legales y seguros y a atención post aborto”.

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También respaldó las recomendaciones del comité de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer que insta a que las mujeres tengan “acceso a un aborto legal y seguro y a la atención post aborto, definiendo y aplicando requisitos en cuanto a una justificación estricta para evitar el uso generalizado de la objeción de conciencia por parte de los médicos”.

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Hay una “falta de coordinación sistemática e institucionalizada entre los gobiernos federal y provincial, en especial, el Consejo Nacional de la Mujer y las oficinas de la mujer provinciales y municipales en todo el país”. Y pidió al gobierno que le de “los recursos presupuestarios adecuados al Consejo Nacional de la Mujer para una implementación efectiva del Plan de Acción Nacional para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra la Mujer”.

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De acuerdo a la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia, en 2014 hubo 225 femicidios y, en 2015, un total de 235 femicidios, (70 % de los cuales son intrafamiliares). “Reconozco los esfuerzos realizados en recabar datos sobre femicidios”, escribió la relatora, “pero observo que la información reunida por la Corte Suprema incluye solamente aquellos casos en los que hubo procesamiento judicial pero no incluye un número importante de casos, por ejemplo, aquellos en los que el agresor se suicidó o cuando las víctimas eran personas transexuales. También me preocupa que no existan datos sobre violaciones y delitos de odio contra lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales (LBTI), investigación, procesamiento y condena de los agresores, así como el resarcimiento para las víctimas”, escribió la relatora.

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También expresó su “beneplácito los planes del Consejo Nacional de la Mujer para construir 36 refugios además de los 25 ya existentes”. Pero resaltó “que existe una necesidad urgente de contar con más refugios en todo el país, en especial en las áreas rurales, para las mujeres de las comunidades de pueblos originarios, y también para las mujeres que viven en asentamientos informales en las ciudades”.

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Remarcó que no existen en el país suficientes refugios para las víctimas de la trata, que la línea 144 para ayudar a las víctimas de la violencia no tiene “el personal y el financiamiento adecuados para que pueda cubrir a todas las provincias”, y que en materia de asistencia legal a las víctimas, “las necesidades son mucho mayores que la capacidad de los servicios disponibles”.

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Habló de una “gran necesidad de programas de capacitación” para los funcionarios que estan en contacto con víctimas: jueces, fiscales, agentes de la policía, abogados, trabajadores sociales y de la salud y maestros. Entre los informes que recibió, la relatora destacó la negación de los agentes policiales a aceptar denuncias de las víctimas de la violencia doméstica, la insistencia de los jueces de los tribunales de familia para establecer una mediación entre las víctimas de la violencia doméstica y sus agresores para “salvar” la familia, y la violencia cometida por agentes de la policía contra transexuales.

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En la mayor parte del país, dice el informe en sus últimos párrafos, existen actitudes patriarcales y estereotipos de género arraigados, así como la “cultura del machismo”, la tolerancia de la violencia de género y la violencia doméstica que afectan la aplicación de leyes y la protección de las mujeres contra la violencia, que es considerado un asunto “de la vida privada” y no una cuestión pública. El movimiento “Ni Una Menos” en la Argentina colocó al femicidio en el “centro de atención”. “El Gobierno apoyó este movimiento”, sigue, “pero dicho compromiso ahora debe traducirse en acciones concretas sobre la base de la diligencia debida para evitar y combatir el femicidio y otras formas de violencia para asegurar a cada mujer y niña el derecho de todas y cada una de las mujeres y niñas a vivir una vida libre de violencia”.