Los extranjeros que ingresen al sistema penal, aún teniendo la residencia permanente en Argentina, podrán ser expulsados del país. Así lo regula el nuevo decreto de necesidad y urgencia que firmó el presidente Mauricio Macri esta mañana. Lo que cambia en relación a la ley de 2004 es que todas las personas que comentan un delito penal con pena privativa de la libertad – y no sólo los que infrinjan la ley 23.737 u otros delitos federales- podrán ser deportados. Eso incluye a los manteros, a quienes usurpen una propiedad, a quienes tengan un accidente de tránsito y a quienes ejerzan la prostitución: según la nueva legislación, es lo mismo tener un puesto callejero en Once que ser un capo narco o un tratante de personas.
“Los delitos más graves ya están contemplados en la Ley. Parecería que los cambios a los que más afectan es a quienes podrían cometer delitos leves. Y eso llevaría a separación familiares, a la violación del arraigo y esto puede ser muy profundo. Hay personas residiendo en Argentina hace 20 o 30 años. Por un delito muy leve podrían perder todo, sus vínculos familiares, su trabajo y hasta su identidad”, explicó a Cosecha Roja Pablo Ceriani Cernadas, coordinador del Programa de Migraciones y Asilo de la Universidad de Lanús y vicepresidente del Comité de Protección de los derechos de los migrantes y sus familias de Naciones Unidas.
El DNU de Macri dice que en los últimos años la población de personas de otras nacionalidades “bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal” se incrementó “hasta alcanzar en 2016 el 21,35% de la población carcelaria total”. De esa cifra, el 33 por ciento cumple condena por delitos “vinculados a la narco criminalidad”. Siempre hablando de cárceles federales: si se suman las prisiones provinciales, la cifra desciende a 6 por ciento de extranjeros presos y se mantiene al menos desde 2004.
La población extranjera recluida en dependencias federales por infracción a la ley de estupefacientes “está altamente representada entre los detenidos, teniendo en cuenta que, conforme el último censo nacional, la participación de la población extranjera como porcentaje de la población total es del 4,5 por ciento”, dice el decreto.
Según datos del Indec, en 1914 los extranjeros en el país representaban un 29.9 por ciento del total de la población mientras que en 2010 la cifra era de 4,5. La incidencia de los extranjeros en el porcentaje total de la población es menor que cien años atrás pero los motores se calientan en los medios. Este verano comenzó con la “expulsión” de Brian, un adolescente argentino de 15 años acusado de asesinar a otro chico de 14 años en el barrio de Flores. Después fue la campaña para expulsar también a la mamá. Y más tarde el desalojo de los manteros y puesteros de Once, en su mayoría africanos y peruanos. Todo eso confluyó en la oficialización del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2017 que modificó la Ley de Migraciones y fue publicado hoy en el Boletín Oficial.
“Esta política restringe derechos humanos contenidos en la Constitución pasando por alto la discusión parlamentaria. El endurecimiento de leyes por la vía del decreto no es la vía apropiada para un gobierno que pondera y valora el diálogo”, manifestó Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.
¿Quién puede ser devuelto a su país de origen?
Según el artículo 4 del DNU, una persona puede ser expulsada cuando:
– Presenta documentación falsa o adulterada.
– Tenga prohibido el ingreso o haya sido expulsado previamente.
– Haya sido condenado o esté cumpliendo condena. Tenga antecedentes o condena no firme en el país o en el exterior, por delitos que merezcan, según las leyes argentinas, penas privativas de libertad.
– Haya sido condenado o esté cumpliendo condena o tenga antecedentes o condena no firme, aquí o en el exterior, por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas.
– Haya participado en actos que constituyan genocidio, crímenes de guerra, actos de terrorismo o delitos de lesa humanidad.
– Tenga antecedentes o haya incurrido o participado en actividades terroristas.
– Haya sido condenado o haber participado en la promoción o facilitación, con fines de lucro, en el ingreso o la permanencia o en el egreso ilegal de extranjeros en el territorio nacional.
– Haya sido condenado en el país o tenga antecedentes por haber presentado documentación material o ideológicamente falsa, para obtener para sí o para un tercero un beneficio migratorio.
– Promueva la prostitución, haya sido condenado, incurrido o participado en la promoción de la prostitución o desarrollar actividades relacionadas con el tráfico o la explotación sexual de personas.
– Haya sido condenado o tenga antecedentes por delitos de corrupción.
– Intente ingresar o haya ingresado al territorio nacional eludiendo los controles migratorios, o por lugar o en horario no habilitados.
Los mitos
Con cifras de delincuentes extranjeros en cárceles federales, el gobierno argumentó la configuración “de una situación crítica que amerita la adopción de medidas urgentes”.
“Lo que hacen es poner el foco en los delitos federales, que tienen que ver con las drogas principalmente. Entonces, el número de detenidos se eleva”, dijo a Cosecha Roja Florencia Mazzadi, directora de la Asociación Civil CineMigrante, Cine y Formación en DDHH de las personas migrantes. “Pero si tomás el resto de las cárceles nacionales, entonces se equipara ese porcentaje con el mínimo, que es bajísimo”.
Si bien los números no representan el total real de los extranjeros detenidos en unidades penitenciarias argentinas, dichos porcentajes fundamentan la modificación de una ley nacional. “Se precisa estigmatizar. El dato es real lo que sucede es que debe ponerse en relación, que es lo que no se hace. Y de esa manera se construye ideología”, dijo Mazzadi. “La construcción de la ideología convierte en la defensa de valores universales la instalación del interés particular. Se hace una descripción fenomenológica de ‘lo real’ sin hablar de la totalidad. Desde la asunción al poder de Mauricio Macri los medios de comunicación y diferentes interlocutores políticos y mediáticos comenzaron a instalar la paridad migrante = delincuente, migrante = usurpador de derechos de ‘los argentinos’”.
Mazzadi conoce las historias de los migrantes africanos. Según ella, existen tres mitos migratorios, que conforman valores universales a los que se apela para construir un sostén social basado en el sentido común.
– Mito 1: La Argentina no controla las fronteras
La Argentina es uno de los países del sur de América Latina con mayor extensión de frontera terrestre y sin embargo, poca parte de toda esa extensión son pasos habilitados hacia el país. Desde la implementación de la Ley migratoria 25.871, esos pasos habilitados se han incrementado para evitar el ingreso por pasos no habilitados y, al mismo tiempo, se ha establecido uno de los sistemas tecnológicos de mayor desarrollo para la identificación de las personas que funciona a través de datos biométricos digitalizados. Ese sistema reconoce a través de una cámara los rasgos de una persona, más allá de lo que pueda decir el papel que acredita su identidad, a los fines de obtener de ella sus movimientos migratorios, los datos personales, legales, etc.
– Mito 2: Por la falta de control, los migrantes que ingresan al país pueden ser “delincuentes”.
Toda persona que haya cometido delitos tipificados internacionalmente como graves con condena cumplida, así como con condena no cumplida, tiene sus datos expuestos en Interpol. El sistema biométrico los reconoce y no se les permite el ingreso.
– Mito 3: Los migrantes logran cruzar la frontera y no hay distinción entre los que tienen antecedentes penales y lo que no tienen antecedentes penales.
La ley 25871 establece que para acceder a la residencia en este país, una persona no puede tener antecedentes penales ni en el país de origen ni en la Argentina. De tenerlos, es intimada a abandonar el país y si no lo hace es deportada.
“De más está decir que los controles están destinados a los mismos grupos estigmatizados de siempre personas de países pobres, no blancas, mujeres, niños”, explicó Mazzadi. “Y que los narcotraficantes, por ejemplo, a quienes tanto buscamos, seguirán entrando por Ezeiza, gracias a los acuerdos políticos no explicitados, para vivir tranquilamente en barrios cerrados ubicados en el Tigre o Pilar”.
Foto: Wikimedia Commons
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