Más de dos días después del fallo de la Corte, Belén recuperó la libertad. La joven condenada por un aborto espontáneo salió esta noche de la celda en la que estaba detenida desde hace más de dos años. Y lo hizo con las organizaciones cubriéndole la cara para evitar que los medios difundieran su identidad, como ocurrió cuando el caso se conoció. Ahora, la abogada Soledad Deza y la Mesa por la Libertad para Belén pedirán la anulación de la condena.
El martes al mediodía se conoció el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Allí, los jueves ordenaban la inmediata liberación de Belén y determinaban que no era la Cámara la que tenía la potestad para declarar la prisión preventiva. La joven estuvo privada ilegítimamente de la libertad más de cuatro meses porque la condena no está firme.
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Belén pensaba que sólo era un dolor de panza: tenía antecedentes vesiculares y de peritonitis. No sabía del embarazo. La madrugada de ese 21 de marzo una serie de hechos desencadenó que los médicos del Hospital Avellaneda llamaran a la policía. Pidió ir al baño y cuando volvió un enfermero le acercó una cajita con un feto de ocho meses. Para las organizaciones que la apoyan no hay evidencia que sustente la condena impuesta por el Tribunal. “Ella tardó apenas cinco minutos en el baño y salió caminando. El caso está lleno de contradicciones, los horarios son imprecisos y aún falta la prueba de ADN entre el feto y Belén”, dijo Marta Alanis, miembro de Católicas por el Derecho a Decidir.
La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos insistió con que hubo una violación al principio de inocencia de Belén. “No sólo la encarcelaron de manera injusta. A pesar de que no se podía, el Estado usó la información de los médicos para perseguirla penalmente”, dijo María Elena Naddeo, integrante de la Asamblea.
El caso de Belén contradice el fallo “Natividad Frías” de 1966. Indica que el secreto profesional prevalece por sobre la obligación de denunciar delitos. También al fallo “Baldivieso” de 2010, donde se explicita que los datos que se obtienen en el marco de una relación médico paciente no pueden ser revelados y usados contra el paciente. Esa noche en el Hospital Avellaneda se violentaron la ley 17.132 que regula el ejercicio de la medicina, el Código de Ética Médica de la Asociación Médica Argentina y la ley 26.529 de Derechos del paciente.
Las organizaciones hablaron de un sistema patriarcal en los tribunales. Apenas salió la condena el diario La Nación tituló: “Condenan a una mujer por matar a su bebé y ella dice que fue un aborto espontáneo”. Compararon el caso de Belén con el de Romina Tejerina y con otros casos similares ocurridos en 2006 en Entre Ríos y Córdoba. Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto dijeron que ya no se puede juzgar sin perspectiva de género.
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