El tocoginecólogo Leandro Javier Rodríguez Lastra fue declarado culpable por incumplimiento de sus deberes como funcionario público: interrumpió el aborto de una joven de 19 años que fue violada y había tomado pastillas para abortar.
El veredicto lo leyó esta mañana el juez Álvaro Meynet. Informó que el médico había sido declarado responsable penalmente de ese delito y recordó las circunstancias en las que un aborto se considera no punible (artículo 86 del Código Penal y protocolo de atención a los abortos no punibles de Río Negro). También destacó que Rodríguez Lastra no estaba inscrito en el registro de objetores de consciencia.
Hasta que se establezca la condena, el médico podrá seguir trabajando en el hospital de Cipolletti, como lo hizo hasta el momento. Rodríguez Lastra podría afrontar una pena de entre un mes y dos años de prisión más la inhabilitación por el doble del tiempo que se resuelva. Por lo tanto, no irá a prisión.
En la primera audiencia del juicio, la víctima había contado que el 2 de abril de 2017 llegó al hospital de Cipolletti después de ingerir pastillas de Misoprostol con el objetivo de interrumpir el embarazo. Tanto ella como una médica y una psicóloga del hospital de Fernández Oro, que habían pedido la derivación al hospital de Cipolletti, le explicaron a Rodríguez Lastra que el embarazo había sido producto de una violación. La versión fue confirmada por su hermana, que la acompañó al hospital, y por otros testigos.
El médico coincidió en la versión de la víctima y las profesionales de la salud, pero discrepó en dos puntos: negó que le hubieran dicho que la chica había sido víctima de una violación y dijo que no estaba en condiciones de decidir por su cuenta. “Ella no estaba bien, con 39 grados de fiebre no tenemos lucidez para entender lo que nos están diciendo. Le inhibí las contracciones para no agravar el estado de salud de la paciente”, declaró Rodríguez Lastra. La médica y psicóloga lo contradijeron: según contaron, la chica estaba en condiciones de tomar esa decisión.
Según el fiscal el ginecólogo desconfió del criterio y diagnóstico de sus colegas: “con la particularidad de que todas ellas son mujeres”, dijo Márquez Gauna. “Descreyó incluso a la propia víctima de abuso prejuzgándola y solicitando un examen psiquiátrico dudando de las capacidades intelectuales de la misma”, agregó.
Según el fiscal durante el juicio también quedó descartado el supuesto riesgo de vida de la paciente. Márquez Gauna se basó en la declaración del médico forense del Poder Judicial, que dijo que de la historia clínica analizada no surge que la vida de la mujer hubiese corrido riesgo.
“El imputado obró como obstructor y no como objetor de conciencia que es lo como quiere hacernos creer”, afirmó Márquez Gauna.