Laura Giubergia – Día a Día.-
La Cámara Séptima, con jurados populares, condenó a Néstor Omar Carnero a 27 años de prisión sin admitir la figura de femicidio. Había una denuncia previa por amenazas y una exclusión del hogar, pero entendieron que no fue violencia de género.
“Esto era para perpetua sí o sí, le cagó la vida a mis tres hermanitos, mató a mi mamá”, decía desgarrada Gabriela tras escuchar que el asesino de Marta Núñez, Néstor Omar Carnero, fue condenado a 27 años de prisión y no a perpetua, porque el jurado no admitió la figura de femicidio.
“No era lo que esperábamos, a mi hermana no me la van a devolver, pero sin dudas Marta fue víctima de violencia de género”, reprochaba también María Núñez, la mujer que tiene la custodia de los tres hijos de la víctima y el femicida, y en los próximos meses los tendrá a los tres viviendo en su casa.
Minutos antes, en uso de su última palabra, había reclamado justicia por la mujer, brutalmente asesinada el 4 de diciembre de 2013 en su humilde vivienda de Cañada de Luque, ante la mirada horrorizada de los niños. “Merece salir de la cárcel como mi hermana salió de su casa, desfigurada y en un cajón”, había dicho María, despertando un profuso aplauso del resto de los familiares y allegados a la familia.
En un juicio con jurados populares, la Cámara Séptima encontró a Carnero culpable de coacción, tenencia ilegal de arma, desobediencia a la autoridad, violación de domicilio y homicidio calificado por el vínculo en circunstancias extraordinarias de atenuación, aplicándole la pena de 27 años de prisión perpetua.
La figura coincide con lo solicitado en su alegato por el abogado defensor, Leonardo Flores, pero no con el monto de pena que había pedido, entre 12 y 15 años. “No hubo femicidio, el fallo es excelente”, expresó al término de la audiencia, y despertó la ira de los familiares de Núñez que le reprocharon su accionar.
El fiscal Altamirano, en cambio, había planteado desde el principio que se trató de un “femicidio atroz” y había solicitado la prisión perpetua por homicidio doblemente calificado por el vínculo y por haber mediado violencia de género. La denuncia realizada por la víctima dos meses antes de su asesinato por amenazas, que había derivado en la exclusión del hogar de Carnero, demostraba el antecedente violento que no fue considerado en la sentencia.
“Hubo mal trato, la vieron golpeada, Carnero ejercía poder y dominación y ella un rol pasivo, aunque no de sumisión, y había una denuncia previa por amenazas”, enumeró Altamirano en su alegato para graficar la violencia de género. Y agregó: “la forma del asesinato y la brutal golpiza previa, la denostación de la víctima aún después de muerta y la violación a la orden de restricción”.
En dos semanas se conocerán los fundamentos del fallo, y es muy posible que el fiscal presente un recurso de casación.
El caso. Marta fue degollada el 4 de diciembre de 2013 en su humilde vivienda de Cañada de Luque, en presencia de sus tres hijos. Dos meses antes, Carnero había sido excluido del hogar por haber amenazado a la mujer y a sus hijos.
Además de la imputación por el asesinato, Carnero carga también con dos causas previas por haber amenazado a Marta y a los niños, y por tenencia ilegal de arma de fuego.
“El papi la mató a la mami”, le dijo llorando la mayor de las hijas a un vecino, que rápidamente pidió ayuda a la Policía y contuvo a los niños, horrorizados con la escena (ver Se quedaron sin mamá y sin cuidado).
Con un auditorio repleto de familiares y allegados a la víctima, y unos pocos de Carnero, el juicio con jurados populares culminó este miércoles entre gritos e insultos. En 15 días se conocerán los fundamentos.
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