Cosecha Roja.-
“¿Así que sos vos gil? Donde te vea te voy a agarrar”, escribió Claudio Alfonso, de 18 años, desde un perfil de Facebook falso. La amenaza era para Maximiliano Maior: o pagaba 500 pesos o “lo limpiaban”. El juez de audiencia Carlos Pellegrino de La Pampa lo condenó a cinco años de prisión, la pena mínima “estipulada por extorsión”, dijo a Cosecha Roja.
Alfonso es peón de albañil, Maior también. Viven a una cuadra de distancia y se conocen. Todos se conocen en Intendente Alvear, una localidad de 8 mil habitantes al norte de la provincia. Por eso a la víctima le llamó la atención que lo agregara al Facebook un tal “David Figueroa de Córdoba” un viernes a la noche. Durante el juicio, Maior declaró: “No conocerlo me dio miedo”. Entonces le dijo que sí, que le daría la plata. Pactaron un lugar y una forma de entrega: la plata dentro de una botella, la botella dentro de una bolsa de supermercado La Anónima, y la bolsa atrás de un árbol de la placita Güemes.
Maximiliano no tenía 500 pesos. Le pidió prestado a su familia y, una vez que los juntó, le avisó a la policía. La entrega fue el sábado a la noche. Les contó todo lo que había pasado y los oficiales lo siguieron. Lo vieron cuando ponía la plata en la botella, la botella en la bolsa y la bolsa atrás del árbol. También vieron cuando, un rato después, apareció Alfonso en una moto Yamaha negra que conducía un amigo y agarró el paquete. Ahí empezó la persecución de la policía, que sólo detuvo al que manejaba.
Maior se entregó por su cuenta, seis días después. “El chico nunca creyó que iba a tener estas consecuencias. No hay una maquinación ni nada maquiavélico en cuanto a la extorsión”, dijo Pellegrino. El pibe le había dicho a los amigos que tenía que cobrar un laburo y que, con eso, iba a pagar el boliche. Se refería a esto.
Esta vez el Facebook sirvió como prueba. “La policía imprimió los chats, allanó la casa y secuestró las computadoras que Alfonso usó para entrar al perfil propio y al ficticio”, contó Pellegrino. La defensa, durante el juicio, negó el hecho. Y el juez aplicó el artículo 168 del código penal: “Será reprimido con reclusión o prisión de cinco a diez años el que, con intimidación o simulando autoridad pública o falsa orden de la misma, obligue a otro a entregar, enviar, depositar o poner a su disposición o a la de un tercero, cosas, dinero o documentos que produzcan efectos jurídicos”.
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