Si una mujer víctima de violencia de género es obligada a cometer un delito, ¿puede ser condenada? La justicia rosarina, en un fallo que podría ser histórico, dictaminó que no. El caso empezó en 2010, en un pueblo cerca de Rosario y terminó hace unos días. Seis años atrás, la policía investigaba a un hombre por venta de drogas. Lo detuvieron mientras iba en un auto con su mujer, con quién tenía un hijo. Cuando vieron que los perseguían, ella tiró un paquete por la ventanilla del acompañante. Esa fue la prueba que faltaba: la mercadería fue secuestrada y los acusaron de tenencia para comercialización.
Mientras esperaban ser juzgados ambos salieron en libertad. El juicio debía empezar hace unos días. Los dos tenían la misma defensora oficial, María Jimena Sendra. Era un trabajo de rutina: una causa más por tenencia para venta cerca de un centro urbano y de las rutas de la droga.
Unas semanas antes del juicio, Sendra pidió el expediente actualizado. Lo que se encontró fue una sorpresa: entre la detención de 2010 y el momento del juicio, el acusado había recibido una condena por lesiones contra su compañera de causa y de vida. Acá hay algo, dijo Sendra, y le pidió expediente a la justicia provincial. Tardó una semana en conseguirlo: el diálogo entre distintos fueron a veces tiene sus tiempos. Cuando lo leyó, entendió lo que había pasado: en 2014, la mujer denunció al marido por intentar asesinarla. La causa terminó en una condena por lesiones y una orden de restricción.
Eso planteaba un primer problema: ¿cómo iban a compartir la misma sala de audiencias el agresor y la víctima? Además de violar una resolución judicial, hacerlo ponía en peligro a la mujer. La abogada se entrevistó con su defendida. Lo que escuchó fue un relato de violencia de violencia verbal, psicológica, física y hasta sexual. Indagó en la escuela de su hijo: allí estaban al tanto de la violencia que se vivía en el hogar y veían su reflejo: “El chico le pegaba a la gente sin razón”, dijeron. El chico estaba trabajando con la psicopedagoga de la escuela para intentar desarmar esa situación.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Número 1 de Rosario aceptó el planteo de la defensa, y primero juzgó al hombre, que recibió una condena. Más tarde hicieron la audiencia con la mujer. Allí, por primera vez, ella pudo contar su calvario de distintas violencias. También hablaron las maestras de su hijo, y la asistente social que Aunque con distintos argumentos, tanto la fiscalía como la defensa coincidieron en que ella debía ser absuelta. La mujer, sentenció el tribunal, había actuado “bajo un estado de necesidad justificante” y que su accionar no era punible.
“La violencia de género atraviesa los motivos por los que las mujeres entran en conflicto con leyes que criminalizan el comercio, tráfico o contrabando de estupefacientes”, dijo la abogada. Y agregó que “es importante conocer la situación de cada una, indagar en su historia de vida y conocer los factores de vulnerabilidad que han favorecido su inmersión en hechos delictivos”.
Cómo era víctima de violencia y había una amenaza muy concreta de matarla a ella y a sus hijos, la mujer, planteó la abogada, no tenía opción. “Que una mujer opte por sacrificarse, al exponerse a un “altísimo riesgo con tal de no participar en hechos delictivos”, no puede tener ninguna relevancia en la valoración jurídica del hecho, dijo. Y agregó: “Aun cuando, desde el punto de vista psicológico, siempre cabe la posibilidad fáctica de actuar conforme a la norma, el derecho no exige comportamientos heroicos”.
“El fallo es histórico, y abre una puerta muy grande para que las mujeres que son víctimas de violencia puedan hacer sus denuncias”, dijo la defensora Sendra a Cosecha Roja. “La violencia de género trasciende un montón de situaciones a las que uno tiene que estar alerta. Tenemos que estar preparados para entender este tipo de casos”.
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