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Mario Alberto Juliano*.-

La Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires compila desde hace varios años la información que arroja el Registro Único de Detenidos (RUD) respecto de las personas privadas de la libertad en territorio bonaerense, información fidedigna que posibilita realizar algunas aproximaciones objetivas a la problemática.

Hace pocos días se difundió el “Informe Estadístico Anual” correspondiente a 2014 (1). Me pareció interesante cotejar esos datos con los de 2013 (2) para evaluar la evolución de la cantidad de personas privadas de la libertad en el último año, y hacer una lectura política de esos datos que, como toda lectura política, es opinable y carece de la pretensión de la asepsia, cualidad inexistente en la esfera de las ciencias sociales.

1. Cantidad de personas detenidas

El primer dato relevante es que la provincia de Buenos Aires incrementó su población privada de la libertad (3), a lo largo de 2014, en más de un 13,78%. De 31.621 personas en esa condición el 17 de diciembre de 2013, se pasó a 35.979 a igual fecha de 2014: unas 4.358 más encarcelados.

La primera lectura de este dato, frío y objetivo, es la rotunda desmentida a la vulgar afirmación de que los presos “entran por una puerta y salen por la otra”, o que existe una “puerta giratoria”, o que los jueces son excesivamente benignos o “garantistas”.

El mayor aporte de personas privadas de la libertad corresponde a Lomas de Zamora (5.807) y San Martín (4.849), mientras que el que menos presos tiene es Necochea (162), seguido de Pergamino (325). Todos los departamentos judiciales aumentaron su población privada de la libertad a excepción de Necochea -que en 2013 tenía 168 detenidos y en 2014 162- y Trenque Lauquen -de 364 pasó a 336-.

2.Cantidad de personas detenidas según locación

El conurbano bonaerense (con la conflictividad que representa) aporta el 64% de las personas privadas de la libertad (23.104), mientras que el 36% restante (12.875) corresponde al interior.

3. Tasa de detención según departamento judicial

Los datos estadísticos son relativos, poco significativos si los consideramos aisladamente. Decir que la provincia de Buenos Aires tiene 36.000 personas privadas de la libertad puede ser un guarismo bajo o elevado, de acuerdo con qué lo comparemos. Para tener una comprensión más acabada de los datos estadísticos es preciso cotejarlos con alguna variable que nos pueda proporcionar una dimensión de su significado. Precisamente, una de las variables que nos puede arrojar precisiones es la tasa de encarcelamiento (cantidad de personas detenidas cada 100.000 habitantes).

La provincia ha elevado significativamente su tasa de encarcelamiento: en 2013 era de 202 y en 2014 de 230. Para tener una dimensión de esa tasa es conveniente cotejarla con la del país (incluida la provincia de Buenos Aires) que de acuerdo a los últimos datos disponibles (2013) era de 152 (4). Para el mismo año (2013) Estados Unidos tenía una tasa de 707 (el país más encarcelador del orbe, aunque no hay información precisa de China). En el otro extremo la encontramos a la India, con una tasa de 30. Argentina se ubica en similar situación a Nicaragua (153) y el Reino Unido (149), la provincia de Buenos Aires se aproxima a Perú (228) y Colombia (239).

La tasa de encarcelamiento en territorio bonaerense no es homogénea. En el pico están San Martín (300) y San Nicolás (292) -muy por encima de la media provincial-, en el valle Bahía Blanca (133), Necochea (136) y Trenque Lauquen (138) -muy por debajo de la media-.

4. Cantidad de personas detenidas con prisión o arresto domiciliario respecto del total de detenidos

El porcentaje de personas detenidas bajo el régimen de prisión o arresto domiciliario no ha variado de 2013 (1.693) a 2014 (1.823), y continúa siendo del 5 % del total de la población privada de la libertad. Lo que difiere es el diferente empleo que se hace en cada Departamento Judicial de las herramientas destinadas a morigerar las consecuencias de la prisión preventiva de personas que se encuentran amparadas por el principio de inocencia.

Mientras que en Pergamino (24%) y Necochea (23%) la utilización de esos mecanismos es bastante elevado (respecto de la media provincial), La Matanza, San Isidro, San Martín y Zárate-Campana solamente apelan a este recurso en el 2% de los casos (representan 74 sobre 3.520 personas, 61 sobre 3176, 92 sobre 4.849 y 24 sobre 987, respectivamente).

5. Cantidad de personas detenidas según sexo y edad 

El 95 % de las personas privadas de la libertad en la provincia de Buenos Aires son varones,  el 50% tiene menos de 30 años, el 32% entre 30 y 40 y el 18% restante más de 40. Las cifras son similares al año anterior. La mayoría de los presos bonaerense son varones y jóvenes.

6. Cantidad de personas detenidas según su estado procesal

La reforma procesal penal puesta en marcha en la provincia de Buenos Aires (1998), y en el resto del país y la región, fue impulsada bajo la bandera de terminar con los presos sin condena. El informe revela que el 45,7 % (16.459) de la población privada de la libertad está detenida bajo el régimen de la prisión preventiva -a la espera de su juicio-, mientras que el 14,7% (5.277) tiene una sentencia condenatoria -aunque no firme- y el 39,6% (14.243) una sentencia condenatoria firme.

En número redondos el 60% de la población privada de la libertad en territorio bonaerense se encuentra bajo el régimen de la prisión preventiva (la sentencia condenatoria no firme no deja de ser un eufemismo para disimular la realidad, ya que en sustancia continúa siendo prisión preventiva), mientras que el 40% restante lo está con una sentencia condenatoria firme y pasada en autoridad de cosa juzgada. A este último respecto (las personas con sentencia condenatoria firme) es preciso señalar la influencia decisiva del juicio abreviado, que permite arribar a condenas consensuadas en un breve espacio temporal.

Hay departamentos judiciales con un mayor porcentaje de personas privadas de la libertad con sentencias condenatorias firmes, como es el caso de Bahía Blanca (51%), La Matanza (49%) y San Isidro (48%), mientras que en otras jurisdicciones es muy bajo ese porcentaje, tal el caso de Dolores (17%), Necochea (22%) y Pergamino (24%).

7. Cantidad de personas según el tipo de delito imputado

El 52% de las personas privadas de la libertad en la provincia de Buenos Aires lo está por encontrarse imputada de algún delito contra la propiedad, el 21% por delitos contra las personas, el 15% por delitos contra la seguridad pública, el 9% por delitos contra la integridad sexual y el 3% restante por otros delitos.

Dentro del universo de los delitos contra la propiedad el porcentaje más alto (36%) lo ocupa el robo agravado por el uso de armas, en los delitos contra las personas el homicidio (11%) y en los delitos contra la seguridad pública las infracciones a la ley de drogas 23.737 (8%).

Los datos precedentes no hacen más que confirmar la naturaleza del entrenamiento del sistema penal, orientado a los delitos de alto impacto mediático pero con escasa inteligencia criminal, despreciando otro tipo de conflictos, como la delincuencia económica, compleja o la corrupción y la violencia institucional, que difícilmente llegan a los estrados judiciales.

8. Tiempo transcurrido entre el comienzo de la privación de la libertad y el dictado de la sentencia condenatoria en primera instancia

Esta información se encuentra desglosada según se trate de procedimiento de flagrancia o de uno común y si la sentencia condenatoria lo ha sido en juicio ordinario o abreviado.

Mientras que la sentencia condenatoria en juicio ordinario demanda un promedio de 164 días (cinco meses y medio) cuando lo es bajo el régimen de la flagrancia, ese promedio se eleva a 413 días (un año y dos meses) se si tramita bajo las reglas del procedimiento común. La sentencia condenatoria en juicio abreviado insume 96 días (tres meses) bajo el régimen de la flagrancia y 354 días (un año) si lo es bajo las reglas del procedimiento común.

9. Cantidad de personas detenidas con intervención del Ministerio Público Fiscal

La Constitución nacional y provincial y la ley procesal bonaerense establecen que ninguna persona puede ser detenida sin que medie orden de juez competente, y sólo de modo excepcional lo puede ser por acción directa de las fuerzas de Seguridad.

Los datos estadísticos revelan que el mandato constitucional es una expresión de deseos, ya que el 90% de las personas detenidas lo es por intervención policial directa y solamente en el 10% restante media una orden judicial.

En este terreno no se aprecian diferencias mensurables en el desagregado por Departamento Judicial: en un extremo está Zárate-Campana, donde el 18% de las personas privadas de la libertad lo es por orden judicial, y en el otro Trenque Lauquen, donde solamente el 3% fue detenida por orden de un juez.

10. Algunas consideraciones sobre el informe

La producción de datos estadísticos respecto de los temas que más nos preocupan suele ser escasa, tanto en la República Argentina como en la región, déficit que genera múltiples inconvenientes y, entre los más relevantes, el trazado de diagnósticos equivocados, basados en la intuición o el olfato, y la dificultad de elaborar políticas públicas idóneas y eficaces para influir en su dinámica. El mundo penal, con su vasta área de influencia, es un caso paradigmático: hacemos afirmaciones categóricas sin conocer con exactitud (con el mayor grado de exactitud posible) si tienen respaldo empírico y si responden a la realidad.

Es para celebrar que la Procuración General realice este trabajo y le imprima continuidad. Se trata de una radiografía anual de una parte del sistema penal de la provincia de Buenos Aires que nos permite analizar, sobre la base de datos empíricos, la forma en que se expresa la política criminal de nuestra jurisdicción y, en este sentido, constituye un aporte relevante para objetivar la discusión.

La información que arroja el informe no es alentadora. Hay tres datos que son altamente preocupantes: 1) el incremento de la población privada de la libertad, alcanzando niveles jamás registrados; 2) el alto índice de personas privadas de la libertad bajo el régimen de la prisión preventiva; y 3) la fuerte intervención policial directa sin control judicial (o con control una vez que los hechos se encuentran consumados).

Existen otros indicadores que no son menos preocupantes, pero que en una escala de valores pasan a un segundo plano como el escaso empleo de mecanismos morigeradores de la prisión preventiva y la focalización de la persecución penal a los delitos de alto impacto mediático, que desprecian otro tipo de criminalidad un poco más compleja.

La provincia de Buenos Aires, su dirigencia y la ciudadanía en general se deben una discusión seria y responsable sobre la dirección de la política criminal y los resultados que arroja. Ningún Estado puede apostar al suicidio colectivo, insistiendo en políticas costosas y notoriamente fracasadas.

* Director Ejecutivo de la Asociación Pensamiento Penal y juez del Tribunal en lo Criminal 1 de Necochea.

Foto: Télam

Notas

(1) https://www.mpba.gov.ar/web/contenido/Informe%20RUD%202014.pdf.

(2) https://www.mpba.gov.ar/web/contenido/Informe%20RUD%202013.pdf.

(3) Incluye a personas detenidas bajo prisión o arresto domiciliario.

(4) http://www.jus.gob.ar/media/2736750/Informe%20SNEEP%20ARGENTINA%202013.pdf.