Jorge Mangeri interceptó a Ángeles Rawson en el hall de acceso del departamento de Ravignani 2360. La desvió de su camino, la llevó a algún lugar de acceso reservado y abusó sexualmente de ella. La adolescente se resistió. Él le apretó el cuello mientras le tapaba la boca y la nariz. La asesinó. Luego dejó a la chica ya fallecida acostada por unas cinco o seis horas. La puso en una bolsa de residuos de gran tamaño, la retiró del domicilio y la depositó en un contenedor de basura. Así fue la secuencia que pudo acreditar el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 9. El cuerpo de Ángeles fue encontrado el 11 de junio de 2013 por la mañana, en la Planta de Tratamiento Mecánico Biológico del CEAMSE, en José León Suárez.

“La manera en que las víctimas pueden evitar la agresión del autor es sometiéndose a su voluntad. La contracara es que son muertas por no haberse sometido”, indicaron los los jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal Eugenio Sarrabayrouse, Daniel Morín y Luis Niño. Ese mismo  tribunal rechazó ayer el recurso de la defensa de Jorge Mangeri, condenado en julio de 2015 a prisión perpetua por el femicidio de la adolescente Ángeles Rawson. También todos los cuestionamientos que hizo la defensa de Mangeri a la sentencia condenatoria, según explicó el sitio Fiscales.gov.ar.

Por qué femicidio

Los magistrados sostuvieron que la conducta de Mangeri, al intentar abusar de Ángeles, inequívocamente fue un hecho de violencia de género. Los camaristas destacaron esta posición.

“Está claro que Mangeri es un hombre y que su víctima era una mujer, con la cual mediaba una considerable diferencia de edad y una evidente relación desigual de poder físico, dada la vulnerabilidad de ella, consecuencia de estos dos factores. Además, y en los términos en que el tribunal de mérito tuvo por probado el hecho, ante la falta de sometimiento de Ángeles Rawson a los deseos de Mangeri, éste le provocó la muerte”. Casación entendió que el sometimiento y cosificación de la víctima es una de las claves para interpretar la violencia de género y el femicidio, tal como se comprobó en el caso.  “Todas las pruebas consignadas constituyen indicadores suficientes, sólidos y objetivos de la presencia de un ataque sexual”.

Los camaristas repasaron lo dicho por los jueces sobre la versión del encargado del edificio: mintió al decir que esa mañana no había visto a la adolescente y que se había ido a la terraza. “Su conducta era siempre contradictoria con las razones con las que pretendía justificarla: decía estar conmovido por la desaparición y muerte de Ángeles Rawson pero prescindía de toda acción tendente a brindar colaboración o consuelo a la familia”, dijo Sarrabayrouse. También se estableció que el ataque de Mangeri a Ángeles Rawson tuvo por objeto usar su cuerpo “para satisfacción sexual y descartarlo cuando lograra su objetivo o éste se viera frustrado”.

Sarrabayrouse explicó que “la fuerza brutal empleada, inequívocamente probada por las marcas que había en el cuerpo de ella -hematomas, excoriaciones y fracturas- estaba dirigida a impedir que decidiera libremente y se sometiera a la voluntad de su agresor, así como a acceder a zonas íntimas”. Fue por esto que la adolescente dejó marcas en el cuerpo del hombre. “Todas las pruebas consignadas constituyen indicadores suficientes, sólidos y objetivos de la presencia de un ataque sexual y han sido así ponderadas correctamente por los jueces. Como bien afirmó el tribunal, la situación concreta de un adulto semidesnudo en contacto físico con una niña a la que se pretendía despojar de sus ropas y abrir sus piernas por la fuerza no admite otra conclusión; se trataba de un abuso sexual”, según el fallo de Cámara.

Por último, los jueces de la Sala 2 rechazaron la nulidad planteada por la defensa en relación con la inspección corporal a Mangeri la noche en la que fue a declarar como testigo y denunció que había sido víctima de apremios ilegales.