Por El Ancasti.com.ar
El juez de Menores Mario Rodrigo Morabito, dictó una sentencia en la que prohíbe el arresto a menores por “actitud sospechosa” o “merodeo”, los cuales son realizados a diario por la policía provincial y que generan una fuerte polémica acerca de la inconstitucionalidad del artículo 8 previsto en la Ley Orgánica de la Policía.
Como punto de partida, el magistrado tomó un caso ocurrido el 23 de noviembre cuando la policía arrestó a dos personas que se conducían en motocicleta. Uno era menor y el otro tenía 22 años. Ambos habían sido demorados tras una persecución que comenzó en avenida Alem e Italia cuando observaron a la policía y cruzaron un semáforo en rojo. En Chacabuco y Avellaneda y Tula fueron interceptados y quedaron arrestados porque no contaban con el DNI.
“Vislumbro una práctica absolutamente ilegítima que está llevando a cabo la Policía de la Provincia en estos últimos tiempos respecto de los ciudadanos, la solicitud de DNI”. En su dictamen, el juez adjuntó procedimientos informados desde el área de Relaciones Institucionales de la Policía provincial, los cuales demuestran que solamente en noviembre 100 personas fueron arrestadas por no contar con el DNI.
“Evidentemente, el proceder y accionar de las fuerzas de seguridad provincial se torna inconstitucional e inconvencional, generando cotidiana responsabilidad internacional al país”.
En otro tramo del escrito, el juez adjuntó a la sentencia las editoriales publicadas en El Ancasti en los que se abordó la temática.
“Debe quedar muy en claro que portar DNI por parte de cualquier ciudadano de esta provincia y de cualquier otra de las que conforman nuestro país es una elección personal y no una exigencia legal”.
En la resolución, Morabito dispuso que al momento de arrestar a un menor, la policía “deberá informar detalladamente los motivos de su detención”. También prohibió el arresto de menores que no tengan su DNI.
“Toda privación de la libertad solo puede ser materializada por orden judicial o por flagrante, fuera de estos supuestos, es inconstitucional”.
Morabito informó de este dictamen a la Corte de Justicia, al procurador de la Corte, jueces de Control de Garantías y a la Secretaría de Seguridad, para que haga cesar los “arrestos indiscriminados de ciudadanos”.
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