Cosecha Roja.-
Alexis Torrijos estuvo seis meses preso en Santiago del Estero porque Gendarmería le encontró 15 gramos de marihuana. Como no pudieron probar comercialización, salió. Los jueces se basaron en la jurisprudencia del Fallo Arriola, que consideró inconstitucional la persecución al consumidor. Hace pocos días detuvieron a tres adolescentes porque estaban regando una planta de marihuana, en Chaco y los acusaron de infringir la Ley de Estupefacientes. Ni despenalización ni legalización, el objetivo de Juan Carlos Molina, titular de la Sedronar -Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico-, es terminar con la criminalización del usuario.
“Con la legislación actual no estamos agarrando a los grandes narcotraficantes sino a los perejiles”, dijo Juan Carlos Molina, en la radio Nacional Rock. Molina enviará proyectos de ley al Congreso para modificar tres de los artículos de la Ley de drogas (23.737) y cambiar el enfoque punitivista sobre el consumo de drogas.
No a la criminalización
“Hay que sacarle a la policía esto de que se la agarran con el más débil: nunca agarran a los que consumen en el boliche de Costanera Norte, siempre caen en cana los pibes de la villas”, agregó. Se trata de cambiar la práctica policial de detener jóvenes que tienen droga para consumo personal. Cuando los casos se judicializan, los jueces los liberan basándose en la jurisprudencia del Fallo Arriola de 2009 en el que se consideró inconstitucional la persecución penal de quien consume drogas sin perjudicar a terceros. Por ese fallo liberaron a Alexis Torrijos en junio de este año: lo habían encontrado con 15 gramos de marihuana y lo habían procesado “por infringir la ley de tenencia y tráfico de estupefacientes”. Estuvo preso seis meses: tres en el Núcleo 59 y tres en Colonia Pinto. Después la justicia dictaminó que eran para consumo personal y no pudieron probar comercialización.
Lo económico
Las detenciones “al voleo” y la posterior liberación generan un costo de 1200 millones de pesos al año. Los mecanismos institucionales (policía, fiscalía, juzgado) funcionan sin coordinación ni objetivos comunes. Ese dinero podría dedicarse a investigar el narcotráfico: “no se los está deteniendo (a los capos), nuestras cárceles están llenas de perejiles”, dijo Molina. El titular de la Sedronar explicó que hay que redireccionar los recursos hacia un enfoque de salud: es decir, que aquellos que tienen un consumo problemático de drogas, tengan asistencia. “El consumo adictivo es un problema que se debe abordar desde la salud y no como una cuestión penal”, agregó.
Durante la segunda quincena de julio, Federico Delgado -a cargo de la Fiscalía Federal Nº6- hizo un estudio sobre todos los casos que recibió. De las 277 causas relevadas, el 73% de las detenciones es por infracción a la ley de drogas. La cantidad de detenciones por tenencia de estupefacientes para consumo personal (175 en 145 causas) muestran la “selectividad policial”. Más de la mitad de las personas con sustancias para consumo personal fueron detenidas por usar marihuana o cocaína en la vía pública, el 45,5% por “actitud sospechosa” y el 1,5% por otro delito a partir del cual la policía le encontró droga.
“Hay un estereotipo de peligrosidad armado que funciona para la policía”, dijo Allende.
Los partes policiales siempre empiezan más o menos de la misma forma: un masculino camina por la estación de tren, la plaza o una esquina oscura en “actitud sospechosa”. Cuando el pibe se cruza con un policía, pega media vuelta y trata de escapar. El oficial lo persigue, lo requisa, le encuentra un cigarrillo de marihuana y lo detiene. El final también es común: las causas por tenencia de estupefacientes para consumo personal terminan archivadas.
La modificación
Los artículos que se proponen modificar son el 5, el 14 y el 16 de la ley de tenencia y tráfico de estupefacientes 23.737 y regular la publicidad de drogas legales. “Hoy el alcohol es un terrible problema y nos quieren vender que el consumo es responsable”, dijo Molina. La publicidad, dijo, quiere reflejar un “mundo mágico donde todo se soluciona con una pastilla”.
Artículo 5 / Será reprimido con reclusión o prisión de cuatro a quince años y multa de dos millones doscientos cincuenta mil a ciento ochenta y siete millones quinientos mil australes el que siembre o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes, o materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación; Produzca, fabrique, extraiga o prepare estupefacientes; Comercie con estupefacientes o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte; Comercie con plantas o sus semillas; Entregue, suministre, aplique o facilite a otro estupefacientes a título oneroso. Si lo fuese a título gratuito, se aplicará reclusión o prisión de tres a doce años.
Lo que pretenden, con la modificación, es que “se transparente” lo que ya sucede de hecho. Los que caen, son los pibes que venden en las villas.
Artículo 14 / Será reprimido con prisión de uno a seis años y multa de ciento doce mil quinientos a dos millones doscientos cincuenta mil australes el que tuviere en su poder estupefacientes.
La pena será de un mes a dos años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal.
“No puede ir en cana al que encontraron con dos porros en el bolsillo o con una bochita de èsto o un sintético”, dijo Molina.
Artículo 16 / Cuando el condenado por cualquier delito dependiera física o psíquicamente de estupefacientes, el juez impondrá, además de la pena, una medida de seguridad curativa que consistirá en un tratamiento de desintoxicación y rehabilitación por el tiempo necesario a estos fines.
“Yo habilitaría el consumo de todo y haría buenos centros, porque es la única forma que tenemos de combatir al narcotráfico”, dijo Molina.
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