Por Patricia Coppola*
Decir que un sistema democrático necesita de un Poder Judicial confiable se presenta como una afirmación obvia. Sobre el perfil que un Fiscal General debe ostentar se han elaborado estándares internacionales y nacionales que intentan garantizar designaciones basadas en el mérito y la idoneidad, en desmedro de procedimientos influenciados por cuestiones de afinidad, preferencias personales o prejuicios.
Cuando se conoció la propuesta de Juan Manuel Delgado para Fiscal General de Córdoba en la audiencia pública exigida por la Ley 9003, después de dos años donde inexplicablemente el Ministerio Público careció de cabeza, el candidato contó con el beneplácito de los principales personeros del poder provincial relacionados con la administración de Justicia. Lo apoyaron representantes de la Justicia Federal y Provincial, Facultad de Derecho, dos ex fiscales generales de diferente signo político y el Colegio de Abogados, donde los argumentos principales a su favor fueron que era “respetuoso de la Constitución Nacional”, que “tenía don de mando” y que “no se requería especialidad para el cargo, sino que era suficiente el conocimiento del derecho en general”.
Las pocas voces que impugnamos su designación, esgrimimos argumentos tales como: desconocimiento de derecho penal y procesal penal (es profesor ayudante de Derecho Bancario en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba), no se conoce en sus antecedentes académicos nada relacionado específicamente con la administración de justicia y los derechos humanos, situación inédita para el cargo que fue propuesto: jefe de los fiscales y encargado del diseño de la política de persecución penal de la provincia.
Además, Juan Manuel Delgado ocupó cargos en la Bolsa de Comercio, vinculado a desarrollistas y empresas de primer nivel, lo que puede resultar incompatible con la persecución de delitos económicos. También es conocida su estrecha vinculación con sectores católicos de Córdoba, como la organización “El Portal de Belén” a cargo de Aurelio Garcia Elorrio, quien se arrogó la representación colectiva de “los niños por nacer” y de los “niños no deseados”. Este último antecedente y el no contar con formación alguna en materia de género, habla también de la falta de idoneidad, sumada a la actual problemática de delitos de género que requiere un especial conocimiento desde la persecución penal.
Por todo esto, no debería sorprender el dictamen firmado el 3 de agosto pasado, conjuntamente con el fiscal adjunto Pablo Bustos Fierro, en el que de manera totalmente irregular solicitan se conceda el efecto suspensivo del amparo planteado por Garcia Elorrio y El Portal de Belén, o sea que se deje de aplicar el aborto legal en Córdoba hasta que se resuelva la causa.
Además, Delgado fue recusado por tres organizaciones que intervienen en la causa: Fundeps (Fundación para el desarrollo de políticas sustentables), Católicas por el Derecho a Decidir y Clínica de Litigio de Interés Público (CLIP).
Llama la atención que el Fiscal General no haya esperado la resolución del Tribunal Superior de Justicia con relación a su apartamiento, solicitud fundada en el hecho de haber adelantado su opinión respecto a la IVE antes de asumir el cargo.
Sin plazos fatales, será el Tribunal Superior de Justicia el que definirá si toma o no el criterio del Fiscal General y también deberá decidir sobre la recusación planteada.
La postura tomada por Delgado no sólo muestra sus preferencias personales, lo que es inadmisible en un cargo como el que detenta, sino además, insta a desobedecer una ley que protege los derechos sexuales y reproductivos de las personas gestantes, la que, por el momento, a su pesar, sigue vigente en Córdoba y en toda la Argentina.
*Integrante de la Junta Directiva del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)