Por Stephanie Demirdjian en La Diaria
El Ministerio del Interior de Uruguay atendió, en promedio, tres casos por día.
Una carpa en el camping de Valizas y, adentro, tres varones y una mujer. Iba a ser una noche de festejos. 2019 había empezado hacía pocas horas y quienes se encontraban en el balneario de Rocha se preparaban para darle la bienvenida al año nuevo. El plan era ir a la carpa en la que se hospedaban ellos para buscar sus pertenencias y después seguir para el centro. La chica se quedaba en una cabaña del mismo complejo con una amiga, que ya se había ido a dormir, pero conocía a uno de los jóvenes, según declaró a la Fiscalía. Entró a la carpa. Cuando quiso salir, le negaron el pasaje. Insistió. Volvió a fracasar. Y ahí, entre los tres, la violaron.
La denuncia fue radicada unos días después. Los tres acusados reconocen que hubo relaciones sexuales, pero aseguran que fueron consensuadas. Sin embargo, las pericias médicas y psicológicas realizadas confirman el relato de la joven agredida. La semana pasada, la fiscal de Rocha, Valentina Sánchez, pidió la formalización de los varones por el delito de “abuso sexual especialmente agravado por invasión del cuerpo a través de la penetración y la pluriparticipación” y no por violación porque, a su entender, “no hubo violencia física”. El jueves, la jueza Andrea Aipa formalizó a los tres acusados y les ordenó 60 días de prisión preventiva.
Otras tres denuncias penales por agresiones sexuales se hicieron públicas en lo que va del año. Una mujer denunció haber sido violada en la playa de Pocitos, después de salir a tomar algo con una amiga y quedarse dormida en la arena. El agresor fue formalizado el viernes por la Fiscalía Penal de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y de Género de Tercer Turno de Montevideo por el delito de “abuso sexual especialmente agravado en calidad de autor” y se le dictó prisión preventiva por 120 días.
Las otras dos agredidas son adolescentes y sus casos todavía están siendo analizados. Una de ellas denunció que fue violada por dos adultos en un camping de La Paloma. La madre de la otra chica denunció la violación de su hija en Fomento, Colonia, en las inmediaciones de Café del Bosque, un boliche al que había ido a bailar con amigas.
Muchas otras denuncias no se hicieron públicas. Del 1º al 13 de enero de este año la Policía recibió 39 denuncias de delitos sexuales, según datos del Ministerio del Interior a los que pudo acceder la diaria. Son, en promedio, tres por día. De ese total, 26 fueron denuncias por “abuso sexual” y 13 por “violación”. En 2018 fueron radicadas 32 denuncias por violencia sexual en los 31 días que dura enero. El aumento de las denuncias no implica necesariamente que hayan aumentado los episodios de agresiones sexuales, sino que las mujeres se animan cada vez más a denunciar, aseguran las especialistas. Quizá se vean impulsadas por movimientos como el #MiráCómoNosPonemos en Argentina o el #MeToo en Estados Unidos. Tal vez haya un “efecto contagio” en Uruguay.
Lo cierto es que la difusión de las denuncias penales en los medios disparó en las redes sociales la publicación de otros casos de abusos sexuales en lo que va del año. Todos tienen un factor común: tuvieron lugar en un contexto de vacaciones, ocio, celebración. Y eso parece funcionar como una invitación para que los varones violenten los cuerpos feminizados. En este contexto, las plataformas virtuales aparecen como herramientas de sororidad en las que adolescentes, jóvenes y mujeres adultas comparten experiencias, declaran “zonas rojas” y crean redes de apoyo y contención. También alientan a las víctimas a denunciar, un paso fundamental para que los crímenes no queden impunes ni los agresores sueltos.
Pese al “efecto contagio”, las cifras oficiales muestran sólo una parte de la realidad, ya que muchas mujeres siguen sin denunciar los casos de abuso sexual por miedo, por vergüenza o porque no quieren verse obligadas a revivir la situación cada vez que tienen que repetir ante las entidades lo que les pasó. También callan por una cuestión social: no pocas veces se culpabiliza a la mujer o se cuestiona su relato de los hechos. Se dice que ella lo buscó, que no dijo que sí pero tampoco se resistió, que lo provocó; que no tenía nada que hacer a esa hora, en ese lugar, bajo el efecto de esa sustancia.
La directora de la organización civil El Paso e integrante de la Intersocial Feminista, Andrea Tuana, dijo la semana pasada a la diaria que, ante una denuncia por violación, la primera reacción de la sociedad uruguaya –que calificó de “tremendamente machista y conservadora”– es decir que “algo habrá hecho”. “Si se metió en ese lugar, que se la banque. Si se metió en una carpa con tres tipos, tendría que saber a qué se exponía. Esto no sólo habla de una doble moral, sino también del lugar que la sociedad les asigna a los varones, un lugar paupérrimo, prácticamente de violadores”, aseguró Tuana.
¿Qué pasos hay que seguir ante una agresión sexual?
La atención a personas que atravesaron una situación de violencia sexual puede dividirse, básicamente, en dos ramas: la judicial y la médica. Tanto la Fiscalía General de la Nación como el Ministerio de Salud Pública (MSP) tienen sus protocolos a seguir ante estos casos. La directora de la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía, Mariela Solari, explicó a la diaria que el procedimiento a adoptar depende del “grado de lesión que tenga la persona”. En este sentido, dijo que “si la víctima tiene secuelas físicas o emocionales, la primera recomendación es la salud”. Una vez que fue atendida allí, puede ir a una unidad policial especializada en violencia doméstica y de género o directamente a la sede de la Fiscalía.
Si decide acudir en primer lugar a la Fiscalía, la denunciante será atendida en conjunto por el equipo fiscal y la Unidad de Víctimas, integrada por psicólogos y trabajadores sociales. Esto es gracias al nuevo Código del Proceso Penal (CPP), explicó Solari, que incluye “derechos para las víctimas que antes no tenían”, como “la atención y la protección”. La especialista explicó que las personas que sufrieron agresiones sexuales se consideran “víctimas especialmente vulnerables”.
El nuevo CPP aporta otros instrumentos que hacen que el proceso sea menos engorroso para las personas que atraviesan un abuso, como es la prueba anticipada –que es la toma única del testimonio de la persona para evitar que tenga que repetir la historia en las distintas instancias del proceso– o el derecho a un “acompañante emocional”, alguien “que pueda acompañarla para contenerla si la persona lo desea”, detalló Solari. Contó también que en Montevideo la sala está “ambientada” para que sea un espacio “cálido” y “reparatorio” para recibir a personas que, sobre todo en las primeras etapas, están en “un estado de conmoción, shock, violencia y culpa”. Eso, agregó, “es parte del trato digno y respetuoso que una persona tiene que tener cuando se vio afectada, más aun cuando hay que contar cuestiones relacionadas con la intimidad”.
La Fiscalía cuenta además con una instrucción específica para el abordaje de los casos de violencia sexual, en la que se recomienda a los equipos fiscales que incorporen “la perspectiva de género e interseccionalidad y el enfoque de derechos”. Esto tanto en la atención a la víctima como en el análisis de los hechos denunciados.
El documento explica que, una vez que reciben la denuncia, los profesionales tienen la obligación de “informar a la víctima acerca de sus derechos, activar las rutas de salud necesarias, poner en marcha los procesos de protección y atención para ella, familiares, testigos, operadores y técnicos que lo requieran, y, finalmente, coordinar con otras instituciones para que acceda a los servicios adecuados a sus necesidades o continúen los servicios que se vienen desarrollando”.
En el caso de que la denunciante acuda directamente a un centro de salud, ya sea público o privado, el personal de salud tiene que seguir la hoja de ruta que establece el Manual clínico de atención de salud para mujeres que han sufrido violencia de pareja o violencia sexual, publicado el año pasado por el MSP.
El documento detalla cómo brindar apoyo a las víctimas de violencia sexual que son atendidas en las puertas de emergencia, cómo detectar si hay riesgo y en qué grado, y cómo empoderar a las mujeres mediante la información sobre sus derechos y sus posibilidades desde una perspectiva intersectorial. La atención, en este sentido, tiene que estar basada en tres pilares: la contención emocional, la anticoncepción de emergencia y la prevención de todas las infecciones de transmisión sexual.
El manual hace énfasis en que la evaluación y la atención de salud física y emocional o psicológica se deben realizar al mismo tiempo. Lo primero que tiene que hacer el equipo es conocer la información sanitaria general de la mujer, saber qué fue lo que pasó, tener acceso a su historia ginecológica y evaluar su estado emocional. A la hora de hacer el examen físico –que es “de pies a cabeza, incluido el examen genital y anal”–, los médicos tienen que pedir permiso, obtener el consentimiento, decirle a la paciente que tiene derecho a negarse, darle la posibilidad de que alguien de su entorno la acompañe, describir paso a paso cómo es el procedimiento y, en caso de que el doctor sea varón, consultar si prefiere ser atendida por una doctora mujer. Una vez que se recolectó esta información, el equipo podrá determinar qué atención médica requiere y completar el formulario que deberá entregar después a la Fiscalía.
Esa atención incluye el tratamiento de todas las lesiones físicas, en caso de que las haya, la proporción de anticoncepción de emergencia y los respectivos tratamientos para prevenir las infecciones de transmisión sexual y el VIH. La evaluación del equipo determinará al mismo tiempo qué tipo de ayuda psicológica y emocional necesita la mujer. Desde el día de la agresión sexual, el seguimiento médico tiene que hacerse dos semanas, un mes, tres meses y seis meses después.
El manual del MSP sugiere a los profesionales de la salud que en todo momento tengan presentes cinco cuestiones básicas: escuchar a la paciente con “atención” y “empatía”; no juzgarla y asegurarle que no tiene la culpa de lo sucedido; conocer sobre las “necesidades y preocupaciones emocionales, físicas, sociales y prácticas”; evaluar la situación de seguridad y el grado de riesgo; y apoyar a la mujer para que reciba la información y los servicios (médicos, jurídicos, de seguridad) y obtenga el respaldo social que necesita en una situación así.
Lo que dice la ley
La Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género promulgada a fines de 2017 establece en su artículo 75 que los casos de violencia sexual se tienen que regir según las disposiciones del Código Penal, que distingue tres tipos penales: violación, abuso sexual y abuso sexual especialmente agravado.
¿Cuáles son las diferencias? El artículo 272 de la normativa señala que comete “violación” quien obliga “a una persona del mismo o de distinto sexo, con violencias o amenazas, a sufrir la conjunción carnal, aunque el acto no llegara a consumarse”. Explica que un acto puede ser calificado de “violento” si la víctima tiene menos de 15 años, si en el momento de la violación está “privada de discernimiento o voluntad” o arrestada, o si hay un engaño de por medio. La violación se castiga con entre dos y 12 años de cárcel.
De acuerdo con el artículo 272 bis del Código Penal, es “abuso sexual” si la persona acusada realizó un acto sexual contra una persona “por medio de la intimidación, presión psicológica, abuso de poder, amenaza, fuerza o cualquier otra circunstancia coercitiva”. Este delito se castiga con penas de ocho meses a seis años de prisión. El abuso sexual es “especialmente agravado”, establece el artículo 272 ter, cuando “se invade cualquier parte del cuerpo de la víctima” mediante la penetración anal o vaginal “con un órgano sexual, otra parte del cuerpo o un objeto”, o “la penetración vía oral con un órgano sexual”. La pena para este delito va de dos a 12 años de cárcel.