El Tiempo.-

Corruptos lo harían fines de semana, dice proyecto de Código Penitenciario que presentó Minjusticia.

Las personas con condenas menores de 10 años y sin otros antecedentes penales serían los primeros beneficiarios del ‘régimen abierto’ que el Gobierno plantea imponer en el país: entre semana solo irían a dormir a las cárceles, y los fines de semana saldrían desde el sábado para regresar la noche del domingo.

Tal y como lo anunció EL TIEMPO en agosto pasado, el Ministerio de Justicia acaba de terminar su proyecto de Código Penitenciario y Carcelario, que establece cuatro modalidades de reclusión para las personas privadas de la libertad.

Ese primer régimen, que empezaría a aplicarse cuatro años después de la aprobación del Código en el Congreso, “privilegia el derecho a la libertad y la reintegración social del infractor de la ley penal sobre la reclusión como forma primordial de ejecución de la pena”, de acuerdo con el proyecto de ley. Habría controles electrónicos y físicos del Inpec.

Con la condición de que tengan un trabajo establecido y hagan el compromiso de reparar a sus víctimas, podrían postularse a ese beneficio de ‘cárcel dormitorio’ los condenados por hurto, choferes ebrios que provocaron accidentes mortales, responsables de evasión de impuestos y hasta los capturados portando “sustancias” como escopolamina y otras que someten la voluntad de las víctimas.

En ningún caso calificarían delincuentes reincidentes ni los condenados por crímenes de guerra y de lesa humanidad, secuestro y extorsión, contrabando, integración de bandas criminales, terrorismo, tráfico de personas y narcotráfico, entre otros. Tampoco clasifican los sentenciados por corrupción.

Aunque no existen estadísticas consolidadas, cerca del 40 por ciento de los 80.000 condenados que hay en el país encajarían en el perfil de los que solo irían a la cárcel a dormir.

Corruptos, con permiso de fin de semana

El segundo modelo carcelario permitiría que centenares de presos salieran de su sitio de reclusión todos los fines de semana, con la obligación de volver la noche del domingo.

En ese grupo están quienes tengan condenas de hasta 17 años, una categoría en la que entrarían responsables de algunos tipos de homicidio y, expresamente, los sentenciados por “concusión; cohecho propio; cohecho impropio; cohecho por dar u ofrecer y soborno transnacional”.

Es decir, clasificarían los protagonistas de los principales escándalos de corrupción de los últimos años.

Los regímenes cerrado y semicerrado, si bien parten de la base de que los condenados deben permanecer en los sitios de reclusión y bajo custodia, establecen más visitas y algunos permisos excepcionales para salir de prisión. En esta categoría empezarían a incluirse los condenados por narcotráfico.

El nuevo Código, que deberá ser aprobado por el Congreso, establece que, por regla general, cualquier preso podrá pedir que le apliquen el siguiente régimen menos restrictivo cuando haya cumplido las dos quintas partes de su condena. Es decir, un reo que está condenado a 20 años de cárcel podría aspirar a salir todos los fines de semana después de haber cumplido el octavo año de reclusión.

La iniciativa acabaría con los polémicos regímenes especiales. Expresamente, señala que “en ningún caso funcionarios o exfuncionarios públicos o miembros de la Fuerza Pública podrán estar detenidos en establecimientos militares o de policía de cualquier tipo, salvo el caso de los miembros de la FF. PP. investigados o condenados por delitos exclusivamente militares”.

Código con más gabelas para internos

Centros para embarazadas
Existirán establecimientos especiales para madres e hijos, en donde funcionarán guarderías y parques infantiles. Los niños no nacerán en las cárceles, y en el registro civil no podrá existir ninguna referencia a la condición de su progenitora. En el Código hay todo un capítulo de respeto y trato a la comunidad LGBT.

Rebajas de pena a presos deportistas
Un día de cárcel podrá rebajarse a los internos por cada 12 horas de entrenamiento. No podrán ser más de 48 horas semanales. Según el nuevo Código, ese beneficio se aplicaría a deportistas de alto rendimiento que estén presos. Ellos tendrán que demostrar resultados positivos en su disciplina deportiva.

Créditos para quienes se porten bien
Se otorgarán préstamos para crear microempresas a las personas que cumplan su pena y durante su encierro hayan demostrado una conducta ejemplar. Además, a lo largo de la reclusión podrán trabajar fuera de la cárcel, y el sueldo será consignado a una cuenta administrada por el preso y el Inpec.

Contrapunteo entre el Inpec y el Congreso por borrachos al volante

Según el director del Inpec, general Gustavo Ricaurte, si el proyecto de ley que busca sancionar con cárcel a los conductores ebrios es aprobado en el Congreso, los centros penitenciarios del país se verían afectados con un mayor hacinamiento. La población carcelaria, según Ricaurte, podría aumentar en 35.000 personas.

Esa declaración provocó de inmediato una respuesta del presidente del Senado, Roy Barreras, quien sostuvo que hay funcionarios más preocupados por la incapacidad penitenciaria que por las muertes que puedan causar los borrachos al volante.

“Es falso que 35.000 borrachos entrarían a prisión, y es irresponsable opinar sin conocer esta iniciativa que evitaría tragedias”, señaló Barreras, que aclaró que el proyecto plantea castigar solo con un arresto de 8 a 30 días a las personas que sean halladas conduciendo en estado de alicoramiento.

Por su parte, la representante a la Cámara por el movimiento Mira, Gloria Stella Díaz, que también presentó un proyecto para castigar a los borrachos al volante, indicó que el hacinamiento no se puede convertir en la excusa para no castigar este tipo de irregularidades.

“El tema de hacinamiento carcelario no puede ser la excusa para que este tipo de delitos, que son repudiados por todos los colombianos, sigan quedando impunes. Las cifras demuestran la necesidad de legislar en estos dos temas que cada día están cobrando más víctimas”, sostuvo.

Según cifras de la Policía, del primero de enero al 17 de septiembre del 2012 se registraron 1.366 accidentes causados por embriaguez, y como consecuencia de esto 325 personas murieron y otras 1.720 resultaron lesionadas.

El general Ricaurte sostuvo que es necesario analizar los tipos criminales que se van a aprobar, pues del millón 600 mil comparendos que pone la Policía de Tránsito al año, 35 mil son por embriaguez, y eso generaría un impacto en la situación carcelaria del país.

Los dos proyectos, el que presentó Barreras en el Senado y el de Díaz en la Cámara, están pendientes de surtir el primer debate.

Actualmente rige una norma que impone hasta 25 años de cárcel para borrachos que causen accidentes mortales, bajo la tipificación de homicidio doloso. Sin embargo, la aplicación de esa ley ha sido excepcional.